En el marco del Día del Campesino, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recuerda a los empleadores que se dedican al sector agrario y agroindustrial que los trabajadores del régimen laboral agrario tienen derecho a percibir un beneficio adicional denominado “Bonificación especial por trabajo agrario (BETA)”, equivalente al 30 % de la remuneración mínima vital, es decir que supera los S/ 300 soles.
La Sunafil señala que esta bonificación no tiene carácter remunerativo por lo que no ingresa al cálculo de beneficios sociales, que también tienen derecho al pago de una asignación familiar equivalente al 10 % de la RMV, es decir S/ 102 y se abona de manera proporcional a los días trabajados cuando corresponda, además del derecho a la participación de las utilidades de la empresa.
Como se sabe la jornada laboral ordinaria de los agrotrabajadores consta de 8 horas diarias o 48 horas a la semana, en caso exceda el tiempo indicado se considera sobretiempo, el cual debe ser remunerado. Asimismo, dicha remuneración diaria (RD) equivale a la suma de la remuneración básica, las gratificaciones y la compensación por tiempo de servicios, el cual es dividido entre treinta (30).
Están comprendidos dentro del régimen laboral agrario son aquellos que desarrollan principalmente actividades de cultivos o crianzas, las actividades agroindustriales establecidas en el D. S. N° 006-2023-MIDAGRI, fuera de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao; los productores agrarios organizados en asociaciones de productores, siempre y cuando cada asociado de manera individual supere las cinco (5) hectáreas de producción así como las actividades agroindustriales del cultivo de palma aceitera y palmito.
Cabe resaltar, además, que deben proveer a sus trabajadores de equipos e implementos requeridos en la industria, para desarrollar sus actividades operativas en óptimas condiciones y así salvaguardar su integridad física y moral.