Destituido en 2021 por su presunta vinculación con la red de corrupción conocida como Los Cuellos Blancos del Puerto, el fiscal supremo Tomás Aladino Gálvez Villegas obtuvo esta semana un fallo favorable en el Tribunal Constitucional. El TC, en votación dividida, declaró parcialmente fundada su demanda de amparo contra el procedimiento disciplinario que llevó a su salida del Ministerio Público.
Gálvez fue uno de los altos funcionarios señalados en las investigaciones sobre la trama de corrupción judicial y fiscal que operó desde el Callao, revelada en 2018 a través de interceptaciones telefónicas. Las denuncias apuntaban a coordinaciones irregulares en favor de magistrados y políticos, motivo por el cual la Junta Nacional de Justicia (JNJ) impulsó su destitución. Ahora, el máximo órgano constitucional determinó que la sanción vulneró derechos fundamentales, al haberse basado en un procedimiento irregular no previsto por ley.
Críticas al procedimiento disciplinario inmediato
Uno de los puntos centrales de la sentencia es la inconstitucionalidad del procedimiento aplicado por la JNJ: el llamado procedimiento disciplinario inmediato. Según el TC, este mecanismo —creado vía reglamento interno— no está contemplado en la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia ni en la Constitución, por lo que violó el principio de jerarquía normativa.
El procedimiento inmediato suprimía la etapa obligatoria de investigación preliminar prevista en la ley antes de abrir un proceso disciplinario formal. “La investigación preliminar es indispensable para respetar las garantías mínimas del debido proceso”, sostiene la resolución. Saltarse esa etapa, advierte el TC, privó a Gálvez de una revisión inicial adecuada y abrió la puerta a sanciones arbitrarias.
El debido proceso y la proporcionalidad en cuestión
Más allá de la forma, el Tribunal también cuestionó el fondo de la sanción impuesta a Gálvez. Según el fallo, la JNJ no motivó adecuadamente por qué eligió aplicar la máxima sanción —la destitución— en lugar de otras medidas menos drásticas.
“El fortalecimiento de la confianza ciudadana es un valor importante, pero no puede justificar la imposición de la sanción más grave sin un análisis concreto de la conducta individual”, señala la sentencia. Instrumentalizar al sancionado para enviar un “mensaje ejemplificador” al sistema judicial viola el principio de proporcionalidad y atenta contra la dignidad humana.
Decisión y consecuencias
En consecuencia, el Tribunal Constitucional:
- Declara inconstitucional el artículo 72 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ, que regulaba el procedimiento inmediato.
- Anula todas las resoluciones derivadas del procedimiento contra Tomás Gálvez, incluida su destitución.
- Ordena su reposición en el cargo de fiscal supremo, así como el pago de las remuneraciones y beneficios dejados de percibir.
Sin embargo, la sentencia no elimina la facultad general de la JNJ para sancionar a jueces y fiscales, siempre que se respeten los procedimientos y garantías previstos en la Constitución y en su ley orgánica.
Votos singulares
La decisión no fue unánime. Los magistrados Domínguez Haro, Monteagudo Valdez y Ochoa Cardich emitieron votos singulares discrepantes, en los que sostuvieron que la demanda de Gálvez debió ser declarada infundada. A su criterio, el proceso disciplinario, aunque imperfecto, no afectó sustancialmente los derechos fundamentales del fiscal, y la sanción de destitución fue razonable dada la gravedad de los hechos.
Un antecedente de alto impacto
Más allá del caso concreto, la sentencia marca un precedente importante sobre los límites del poder disciplinario de la Junta Nacional de Justicia. Refuerza la exigencia de motivación reforzada cuando se trata de sanciones contra jueces y fiscales supremos, dada la especial protección constitucional de sus cargos.
El fallo reabre, además, un debate mayor: cómo lograr un sistema de control judicial efectivo, respetando a la vez los derechos fundamentales y evitando que las necesarias reformas contra la corrupción deriven en procedimientos sumarios o punitivos.