La presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, sostuvo que la condena impuesta al exministro Daniel Urresti vulneró el debido proceso y el principio de legalidad, al haberse aplicado criterios distintos a los utilizados con otros coacusados por el asesinato del periodista Hugo Bustíos, ocurrido en 1988. Las declaraciones fueron brindadas durante una entrevista televisiva, en la que la magistrada explicó los fundamentos que llevaron al TC a ordenar la excarcelación del exfuncionario.
Pacheco precisó que el pronunciamiento del Tribunal no evaluó la inocencia o culpabilidad de Urresti, sino la forma en que se condujo el proceso judicial y la aplicación de las normas penales. Según indicó, el análisis constitucional se centró en verificar si la sentencia respetó los principios básicos del derecho penal y del debido proceso, concluyendo que ello no ocurrió.
Criterios distintos para un mismo hecho
Durante la entrevista, la presidenta del TC cuestionó que, tratándose del mismo hecho delictivo, se hayan aplicado artículos penales diferentes a los implicados. Señaló que dos personas vinculadas al asesinato de Bustíos fueron condenadas bajo determinados criterios, mientras que en el caso de Urresti se recurrió a una interpretación distinta, lo que —a su juicio— resulta incompatible con el principio de legalidad.
“Se había violado el principio de legalidad”, afirmó Pacheco, al advertir que no es razonable que, ante un mismo hecho, el sistema judicial utilice fundamentos normativos disímiles sin una justificación sólida. Para el Tribunal, esta disparidad evidenció una falta de coherencia en la aplicación de la ley penal.
Aplicación retroactiva y uso de analogía
Otro de los puntos centrales señalados por la magistrada fue la aplicación retroactiva de una norma penal, lo cual está expresamente prohibido por la Constitución. Según explicó, en el proceso contra Urresti se habría utilizado una figura legal que no se encontraba vigente al momento de los hechos, vulnerando así garantías fundamentales del procesado.
Asimismo, Pacheco cuestionó el uso de la analogía para sustentar la condena, indicando que esta no pudo ser debidamente respaldada durante la audiencia judicial. En el ámbito penal, recordó, la analogía no puede emplearse para agravar la situación del acusado, ya que ello atenta contra el principio de estricta legalidad.
Prescripción del delito
La presidenta del TC también sostuvo que, al momento de dictarse la sentencia condenatoria, el delito ya había prescrito, considerando el tiempo transcurrido desde los hechos ocurridos en 1988. Este elemento fue determinante en la decisión del Tribunal Constitucional, que concluyó que no solo se vulneró el debido proceso, sino que además se desconocieron los plazos legales establecidos para la persecución penal.
En esa línea, Pacheco explicó que la prescripción es una garantía jurídica que busca evitar procesos indefinidos y asegurar seguridad jurídica tanto para el Estado como para los ciudadanos. Ignorarla, añadió, supone una afectación directa a los derechos fundamentales del procesado.
Alcances del fallo del Tribunal Constitucional
Ante las críticas y debates generados por la resolución, la presidenta del TC fue enfática en precisar que el Tribunal no declaró la inocencia de Daniel Urresti, sino que se pronunció exclusivamente sobre la constitucionalidad del proceso. “El Tribunal no juzga hechos ni valora pruebas penales, sino verifica si se respetaron las reglas del debido proceso”, remarcó.
La decisión del TC fue ordenar la excarcelación del exministro, al considerar que la condena se sustentó en una aplicación indebida de la ley y que había operado la prescripción. Este fallo ha generado reacciones divididas en el ámbito político y judicial, así como en la opinión pública.
Ejecución del fallo y rol del INPE
Respecto a la ejecución de la resolución, Luz Pacheco indicó que esta corresponde al Instituto Nacional Penitenciario (INPE), entidad encargada de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional. Señaló que, una vez notificada la resolución, el INPE debe proceder conforme a ley para hacer efectiva la excarcelación.
La magistrada reiteró que el TC no interviene en la fase de ejecución de sus fallos, pero confía en que las autoridades administrativas cumplirán con lo ordenado, respetando los plazos y procedimientos establecidos.
Debate jurídico y repercusiones
Las declaraciones de la presidenta del TC reavivan el debate sobre los límites del control constitucional en sentencias penales y el alcance de la figura de la prescripción en casos de graves violaciones a los derechos humanos. Mientras algunos sectores consideran que el fallo refuerza el respeto al debido proceso, otros sostienen que genera un precedente controversial.
En cualquier caso, el pronunciamiento de Luz Pacheco deja en claro la posición del Tribunal Constitucional: las garantías procesales y el principio de legalidad no pueden ser relativizados, incluso en casos de alta sensibilidad pública. Para el TC, el respeto estricto a la Constitución es un pilar que debe prevalecer en toda actuación judicial.