Renovación Popular se opone a segunda vuelta en Lima y presenta argumento clave ante el JNE

La agrupación sostiene que la ley municipal permite proclamar a la lista más votada sin exigir un mínimo del 30% de votos válidos. Para respaldar su posición, cita la reforma legal de 2002 y la elección de Rafael López Aliaga en 2022.

por Kate Juarez
Rafael López Aliaga no podrá participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 por decisión del JEE. Foto: Andina

Renovación Popular busca impedir que se convoque a una segunda vuelta para definir la alcaldía de Lima. En un escrito presentado ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el partido sostiene que las reglas de los comicios municipales no contemplan un porcentaje mínimo de votos válidos para proclamar al ganador.

El argumento apunta directamente al pedido de Avanza País, que propone aplicar a la capital el umbral del 30% vigente para las elecciones regionales. Si ninguna de las dos listas más votadas alcanza ese porcentaje, la agrupación plantea una nueva votación entre ambas.

La diferencia entre los partidos está en qué normativa debe regir la elección de Lima Metropolitana: Renovación Popular defiende la aplicación de la ley municipal, mientras que Avanza País sostiene que las funciones regionales de la capital justifican aplicar otra regla electoral.

¿Qué ley utiliza Renovación Popular para oponerse a la segunda vuelta?

En el documento suscrito por su personero legal, Fernando Sandoval Ruiz, Renovación Popular invoca la Ley de Elecciones Municipales, que establece que la lista con la mayor votación obtiene la proclamación, sin fijar un umbral mínimo del 30%.

La agrupación sostiene que el porcentaje exigido para elegir autoridades regionales no puede trasladarse a una elección municipal mediante una interpretación. Añade que establecer una segunda vuelta para Lima después de celebrada la votación requeriría un cambio normativo y no podría imponerse a través de una solicitud partidaria.

Como respaldo, el partido recuerda que la Ley 27734, publicada en 2002, eliminó el mecanismo de segunda vuelta que anteriormente contemplaba la legislación para la elección municipal de Lima. Según su argumento, recuperar esa exigencia implicaría introducir una regla que ya no forma parte del régimen vigente.

El antecedente de Rafael López Aliaga en 2022

Renovación Popular también recurre a los comicios municipales de 2022, cuando Rafael López Aliaga fue proclamado alcalde de Lima con el 26,342% de los votos válidos, una proporción inferior al 30%.

Para la agrupación, ese resultado demuestra que el umbral planteado por Avanza País no ha sido un requisito para proclamar al alcalde de la capital. En el escrito, resume su posición con la frase: “El antecedente no reemplaza a la ley; confirma su aplicación”.

El partido considera que el resultado de aquella elección respalda la aplicación de las reglas municipales y rechaza que se introduzca un requisito distinto para el proceso actual.

¿Por qué Avanza País exige el 30% de los votos válidos?

Avanza País sostiene que la Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce funciones similares a las de un gobierno regional. Sobre esa base, plantea que debería aplicarse la norma regional que exige alcanzar al menos el 30% de los votos válidos para ganar en primera elección.

Además de pedir una segunda votación entre las dos listas más votadas, el partido solicitó que el Jurado Electoral Especial correspondiente se abstenga de proclamar al ganador y entregar credenciales mientras el Pleno del JNE resuelve el planteamiento.

Como alternativa, Avanza País pidió que se evalúe la inaplicación de la norma municipal mediante el control difuso, al considerar que existiría una incompatibilidad constitucional. Renovación Popular rechaza esa interpretación y sostiene que no hay una disposición constitucional que exija un porcentaje mínimo para elegir al alcalde de Lima.

Renovación Popular cuestiona otros argumentos de Avanza País

El escrito de Avanza País también incluye observaciones sobre la candidatura de López Aliaga al Senado y su eventual llegada a la alcaldía, escenario que la agrupación relaciona con una presunta reelección encubierta.

Renovación Popular responde que esos cuestionamientos no guardan relación jurídica con la discusión sobre una segunda vuelta municipal. Asimismo, sostiene que incluirlos en la solicitud no significa que estén acreditados.

El JNE deberá evaluar los argumentos presentados por ambas agrupaciones para determinar si corresponde aplicar el umbral del 30% a la elección de Lima Metropolitana. La controversia se centra en la interpretación de las normas electorales y en si estas permiten exigir una segunda votación en los comicios municipales.

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