El presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Ricardo Pérez Manrique, emitió una recomendación crucial al Estado peruano: suspender la liberación del expresidente Alberto Fujimori, conforme a la reciente orden del Tribunal Constitucional (TC) del 5 de diciembre.
En una resolución oficial, Pérez Manrique destaca que la medida de liberación no debería llevarse a cabo hasta contar con todos los elementos necesarios para evaluar si dicha decisión cumple con las condiciones estipuladas en la resolución emitida el 7 de abril de 2022.
La CIDH ha dispuesto que su secretaría notifique esta resolución tanto al Perú como a los representantes de las víctimas, así como a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En los considerandos, se subraya la falta de análisis por parte del TC respecto a la compatibilidad del indulto “por razones humanitarias” otorgado a Fujimori con los estándares establecidos en la resolución de la CIDH del 30 de mayo de 2018.
Pérez Manrique recuerda que resoluciones judiciales internas de la justicia peruana en 2018 y 2019 declararon que la norma que concedió el indulto humanitario al expresidente “carece de efectos jurídicos”. Enfatizando la gravedad y urgencia de la situación, destaca la necesidad de evitar un daño irreparable al derecho de acceso a la justicia de las víctimas.
“Esta Presidencia estima necesario, de acuerdo a las facultades que le otorga el artículo 63.2 de la Convención Americana, ordenar al Estado peruano que se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional del Perú que dispone la ‘inmediata libertad’ de Alberto Fujimori, hasta tanto la Corte Interamericana pueda contar con todos los elementos necesarios para analizar si esta decisión del Tribunal Constitucional de 4 de diciembre de 2023 cumple con las condiciones establecidas en la Resolución de la Corte de 7 de abril de 2022,” subrayó Pérez Manrique.
Cabe destacar que el abogado de las víctimas en el caso ‘Barrios Altos y La Cantuta contra Perú’, Carlos Rivera, informó a El Comercio que ya ha sido notificado de la resolución.
Recordemos que el TC declaró fundado un recurso y ordenó al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y al director del penal de Barbadillo que dispongan la inmediata libertad de Fujimori “en el día” bajo responsabilidad. En el documento, se destaca que la decisión de la Corte IDH, emitida en abril de 2022, “se contrapone a la ejecución de la sentencia constitucional del presente caso”, advirtiendo una “falta de competencia” de dicho tribunal internacional. Además, el TC llamó “severamente la atención” al juez de Ica, Vicente Fernández, por devolver el expediente, exhortándolo a ejercer mayor diligencia y celo en el cumplimiento de sus funciones al ejecutar sentencias estimatorias de habeas corpus.