El Poder Judicial ordenó la suspensión inmediata del cobro de peajes en los distritos de Villa y Punta Negra, operados por la empresa Rutas de Lima S.A.C., luego de acoger parcialmente un hábeas corpus presentado por la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar.
La medida fue adoptada por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacámac, que actuó en calidad de juez constitucional. La resolución determinó que el cobro de peajes en esos puntos vulneraba el derecho fundamental al libre tránsito, por lo que se instruyó a la concesionaria suspender los pagos, bajo apercibimiento de sanciones por incumplimiento.
Amparo por vulneración del libre tránsito
El hábeas corpus, presentado el 14 de marzo de 2024, señalaba que los peajes en Villa y Punta Negra restringían el derecho de los ciudadanos a transitar libremente. Tras analizar los argumentos, el juzgado concluyó que existía mérito para aplicar una medida correctiva inmediata.
La resolución enfatizó que la medida buscaba proteger derechos constitucionales, sin prejuzgar sobre la validez contractual del acuerdo de concesión vigente entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Rutas de Lima S.A.C..
Contrato entre Lima y Rutas de Lima
El contrato de concesión, firmado el 9 de enero de 2013, establecía un periodo de 30 años de operación de los peajes. Durante la revisión del expediente, la resolución también citó cuestionamientos sobre presuntos actos de corrupción vinculados al contrato durante la gestión de la exalcaldesa Susana Villarán.
Sanciones por incumplimiento de la orden
La resolución judicial dispuso que, en caso de que Rutas de Lima S.A.C. no acatara la suspensión del cobro, se aplicarían multas sucesivas hasta que se cumpla la orden. Además, se estableció el archivo definitivo del expediente una vez que la resolución quede consentida o ejecutoriada.
La medida generó reacciones en diversos sectores, alzando el debate sobre la concesión de peajes y el respeto a los derechos ciudadanos en Lima y sus distritos aledaños.