El Poder Judicial declaró improcedente el pedido de excarcelación formulado por la defensa técnica del ex presidente Alejandro Toledo Manrique.
El Primer Juzgado de Investigación preparatoria Nacional presidida por el juez Víctor Zuñiga Urday, resolvió que el cómputo del plazo de la prisión preventiva se realizará desde el momento de la llegada del procesado Alejandro Toledo al Perú (teniendo en cuenta lo indicado en el Art. 275 numeral 1 del CPP), siendo así el cómputo del plazo inicia el 23 abril 2023 y vence el 22 octubre 2024.
Como se sabe, el abogado Paolo Aldea Quincho, defensa legal del expresidente, Alejandro Toledo, solicitó su liberación alegando que ya se cumplieron los 18 meses de prisión preventiva que el juez Richard Concepción Carhuancho dictó en el 2017 por el caso “Interoceánica Sur”.
Aldea Quincho sostiene que el exmandatario cumplió ocho meses y tres días de prisión en la cárcel de Santa Rita de Dublín en los Estados Unidos y que este tiempo debe sumarse con la detención que cumple desde el 23 de abril de 2023, fecha en que llegó al país y fue recluido en el penal de Barbadillo.