El Poder Judicial dictó este miércoles 14 años de prisión efectiva contra el expresidente Martín Vizcarra Cornejo por el delito de cohecho pasivo propio, tras determinar que solicitó y recibió sobornos vinculados a los proyectos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua durante su gestión como gobernador regional. La decisión fue leída por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional, en una audiencia seguida minuto a minuto por diversos medios.
La Fiscalía, representada por el fiscal Germán Juárez Atoche, había solicitado 15 años de cárcel para el exmandatario. Sin embargo, el tribunal concluyó que la sumatoria de los delitos acreditados asciende a 14 años: seis por el caso Lomas de Ilo y ocho por el Hospital de Moquegua. En la sala estuvieron presentes Vizcarra y su abogado, junto al coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.
¿Qué determinó el Poder Judicial sobre los sobornos?
La sala consideró acreditado que Martín Vizcarra solicitó el 2% del valor total del proyecto Lomas de Ilo, equivalente a parte de los S/ 80 millones de inversión. Durante la audiencia, la jueza reveló que esta solicitud fue corroborada por testimonios clave, entre ellos el de Elard Tejeda, cuya versión fue calificada como “creíble, coherente y corroborada”.
El colegiado también concluyó que en el caso Hospital de Moquegua existió un mecanismo de entrega de dinero en sobres manila, con pagos que fueron entregados directamente al entonces gobernador regional. Según los testigos, el dinero provenía de contratos ficticios con proveedores para justificar salidas de caja con facturas por servicios inexistentes.
Entregas de dinero: sobres manila, retiros bancarios y encuentros reservados
Uno de los testimonios más relevantes fue el del testigo Elard Tejeda, quien afirmó haber entregado S/ 400 mil y luego S/ 600 mil en sobres manila. La jueza señaló que un examen físico-químico confirmó que ambos montos podían caber en un sobre A-3, desvirtuando una de las líneas de defensa del exmandatario.
También quedó acreditado que Obrainsa solicitó al Banco Continental el retiro de S/ 400 mil en efectivo el 24 de enero de 2014, monto que fue entregado a favor de Tejeda. Este retiro se encuentra respaldado por documentos bancarios que, según la jueza, “acreditan la existencia del primer desembolso”.
La sala también destacó la existencia de llamadas telefónicas entre Obrainsa y la empresa CyM Vizcarra, así como la presencia del exgobernador en oficinas de la constructora a finales de 2013 e inicios de 2014, según confirmó una testigo presencial.
¿Vizcarra estuvo en Lima cuando se habrían entregado los pagos?
Una de las discusiones centrales del juicio fue la presencia del exmandatario en Lima en abril de 2014. La defensa presentó reportes y un reportaje periodístico para probar que Vizcarra estuvo en Moquegua en esas fechas. Sin embargo, el tribunal consideró que dichos documentos no tenían “fecha cierta” y que la presencia del exgobernador en Lima quedó corroborada por testimonios y documentación complementaria.
Asimismo, el colegiado destacó las reuniones entre Vizcarra y el gerente general de ICCGSA, Fernando Castillo, en La Molina. Estos encuentros fueron corroborados incluso por el chofer del funcionario, quien aseguró que Vizcarra salió junto a Castillo de una de las reuniones.
El papel de UNOPS y del Proyecto Especial Pasto Grande
La jueza explicó que la UNOPS solo recomendaba al Gobierno Regional de Moquegua qué consorcio debía ganar la buena pro, pero la decisión final recaía en la gestión regional, encabezada por Vizcarra. Varios testigos confirmaron que el exgobernador gestionaba directamente presupuestos para el Proyecto Especial Pasto Grande y conocía perfectamente el uso de recursos y los contratos involucrados.
El tribunal señaló que el imputado, como presidente del directorio de Pasto Grande, tenía pleno conocimiento de las obras, su financiamiento y sus avances. Esa responsabilidad, sumada a los testimonios y evidencias materiales, permitieron acreditar su participación directa.
¿Qué elementos pesaron más en la sentencia?
Entre las pruebas más determinantes, el colegiado mencionó:
- Testimonios múltiples que coincidieron sobre entregas de dinero en sobres manila.
- Documentos bancarios que confirmaron retiros de S/ 400 mil y pagos fraccionados.
- Llamadas telefónicas entre empresas implicadas y CyM Vizcarra.
- Reuniones corroboradas entre Vizcarra y ejecutivos de Obrainsa e ICCGSA.
- Indicios que comprometen la versión del exmandatario sobre su presencia en Moquegua en fechas clave.
El tribunal remarcó que “se ha acreditado responsabilidad penal en los dos hechos imputados” y que Vizcarra debe ser objeto de una sanción penal.
¿Qué viene ahora para Martín Vizcarra?
Tras la lectura de sentencia, corresponde conocer si la defensa del exmandatario presentará recurso de apelación. De concretarse, la decisión pasará a una sala superior, que deberá evaluar si la sentencia se mantiene, reduce o anula.
Mientras tanto, Vizcarra, sentado en la sala de audiencias desde las 9:00 a.m., escuchó la resolución sin emitir declaraciones inmediatas. El caso se convierte así en uno de los capítulos más significativos del proceso Lava Jato en el Perú, donde exautoridades de alto nivel han enfrentado condenas por corrupción, cohecho y colusión en megaproyectos públicos.