El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación presentado por Yessenia Lozano, jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso, confirmando que la funcionaria vulneró el principio de neutralidad electoral. Lozano fue acusada de exhibir símbolos del partido Alianza para el Progreso (APP), específicamente una fotografía de César Acuña y el logotipo de APP en su oficina dentro del Congreso, lo que infringe las normas que exigen imparcialidad en tiempos electorales.
La controversia surgió tras una denuncia ciudadana que alertó sobre la presencia de estos símbolos partidarios en un espacio institucional. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 determinó que la exhibición de estos símbolos violaba la neutralidad que debe mantener todo servidor público durante el proceso electoral, asegurando que el uso de espacios oficiales para promover una agrupación política no es permitido.
A pesar de los descargos de Lozano, quien defendió que la simple presencia de la imagen no constituía un acto de proselitismo electoral, el JNE desestimó su defensa. Lozano argumentó que no había realizado actividades de persuasión ni convocatorias a favor de APP, pero el JNE reiteró que la neutralidad no solo se refleja en acciones, sino también en los símbolos que se exhiben en espacios oficiales.
El fallo ratificó que la presencia de la imagen de César Acuña y el logotipo de APP en la oficina de Lozano constituyó una violación directa al principio de imparcialidad, y el JNE ordenó que el expediente sea remitido al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y al Congreso para evaluar posibles responsabilidades administrativas o penales, ya que el uso de espacios institucionales con fines políticos puede tener serias implicaciones legales.