El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha aprobado un nuevo Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), el cual fue publicado el día de hoy en el diario oficial El Peruano. Este reglamento establece importantes modificaciones que afectan la inscripción y funcionamiento de las organizaciones políticas en el país, tales como la actualización de las causales de suspensión de los partidos y el manejo de la afiliación indebida.
Una de las principales novedades es que, según el nuevo Artículo 88°, la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) suspenderá la inscripción de aquellas organizaciones que no cumplan con el número mínimo de afiliados seis meses antes de cada proceso electoral. Esta actualización reemplaza las anteriores causales de suspensión, las cuales consideraban la falta de comités activos y la no remisión de listados de integrantes actualizados.
En cuanto a la afiliación indebida, el reglamento también establece un procedimiento más claro para los ciudadanos que alegan haber sido inscritos sin su consentimiento. Los afectados podrán solicitar la anulación de su afiliación y, si se comprueba que la información proporcionada es falsa, el caso será remitido a la Dirección General de Defensa Jurídica del JNE para su investigación y acción correspondiente.
El reglamento también introduce el Anexo 13, que exige a los personeros de las organizaciones políticas declarar bajo juramento la veracidad de la documentación presentada para la inscripción, así como el tratamiento de los datos personales de los miembros. Esta medida refuerza la transparencia y protección de la información personal dentro de las organizaciones políticas. Con estas actualizaciones, se deja sin efecto el reglamento anterior, que estuvo en vigor desde febrero de 2024.