JNE exonera a Rospigliosi: no violó neutralidad electoral

Pleno del Jurado Nacional de Elecciones descartó responsabilidad del presidente del Congreso en uso de cámara oficial en mitin de Fuerza Popular.

por Edgar Mandujano

Fallo del JNE

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación presentada por Fernando Rospigliosi, presidente del Congreso, y determinó que no incurrió en infracción al deber de neutralidad electoral. El caso surgió tras la utilización de una cámara institucional del Parlamento durante un mitin de Fuerza Popular.

El organismo electoral concluyó que Rospigliosi no tuvo responsabilidad directa en la disposición del equipo técnico para cubrir el evento partidario. Con ello, se revoca una resolución previa del Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo, que lo había señalado por un supuesto uso indebido de recursos estatales.

Responsabilidad de otros funcionarios

Aunque Rospigliosi fue exonerado, la decisión del JNE no alcanza a otros funcionarios del Congreso. El director general del Parlamento, Jaime Abenzur, y el exfuncionario Daniel Luza continúan bajo evaluación administrativa respecto al uso del equipo audiovisual institucional.

¿Por qué no se responsabiliza a Rospigliosi?
La defensa del titular del Congreso argumentó que la autorización para el uso de la cámara no fue gestionada por él, sino por un trabajador operativo que ya habría sido removido de su cargo. El pleno del JNE consideró este argumento al momento de deliberar.

Origen del caso

La denuncia se presentó debido a la presencia de una cámara del Congreso en un acto político de Fuerza Popular, lo que según el JEE de Pacasmayo vulneraba el principio de neutralidad electoral, al asociarse con una organización política en campaña.

Tras la apelación, el expediente fue evaluado en audiencia pública por el JNE, que determinó que no existía vínculo directo entre Rospigliosi y la autorización del equipo, revocando así la sanción inicial.

Próximos pasos

El JNE confirmó que Fernando Rospigliosi no violó la neutralidad electoral, aunque la investigación administrativa seguirá abierta para otros funcionarios del Legislativo. Esta decisión refuerza la importancia de diferenciar responsabilidades individuales en el uso de recursos estatales durante procesos electorales.


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