JNE deja sin efecto credencial de Rafael López Aliaga como senador y convoca a Absalón Vásquez para reemplazarlo

El tribunal electoral convocó a Absalón Vásquez para ocupar el escaño de Renovación Popular en el Senado tras la renuncia irrevocable de López Aliaga.

por Kate Juarez
Roberto Burneo, jefe del JNE, habló sobre situación de Rafael López Aliaga para ERM 2026. Foto: composición Caretas/Andina

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó sin efecto la credencial de senador otorgada a Rafael López Aliaga para el periodo parlamentario 2026-2031, luego de que el líder de Renovación Popular comunicara formalmente su decisión de no juramentar ni asumir el cargo. En su lugar, el organismo electoral convocó a Absalón Vásquez Villanueva, siguiente candidato con mayor votación preferencial de la lista del partido, para completar la representación de la agrupación en el Senado.

La decisión fue oficializada mediante la Resolución N.º 1757-2026-JNE y responde a la renuncia expresa, voluntaria e irrevocable presentada por López Aliaga antes de incorporarse al Parlamento.

¿Por qué el JNE dejó sin efecto la credencial de Rafael López Aliaga?

El máximo tribunal electoral explicó que el caso planteó un vacío normativo, ya que el artículo 95 de la Constitución establece que el mandato parlamentario es irrenunciable. Sin embargo, el JNE precisó que existe una diferencia jurídica entre la condición de senador electo y la de senador incorporado.

Según la resolución, el mandato representativo no se perfecciona con la sola proclamación de resultados, sino que se adquiere plenamente mediante la juramentación ante la Junta Preparatoria del Congreso. Al negarse a cumplir ese requisito, López Aliaga nunca llegó a ejercer formalmente la función parlamentaria, por lo que la garantía constitucional de irrenunciabilidad aún no resultaba aplicable.

Absalón Vásquez reemplazará a Rafael López Aliaga en el Senado

Ante la vacante, el JNE convocó a Absalón Vásquez Villanueva, candidato de Renovación Popular que obtuvo la siguiente mayor votación preferencial y a quien no proclamó inicialmente.

El tribunal sostuvo que dejar el escaño vacío afectaría la voluntad popular expresada en las urnas, pues reduciría la representación alcanzada por Renovación Popular en las Elecciones Generales 2026. En ese sentido, la convocatoria del siguiente candidato garantiza que el Senado quede integrado por los 60 representantes establecidos en la Constitución.

JNE plantea proyecto de ley para regular estos casos

Debido a que la legislación no contempla expresamente la situación de un legislador electo que decide no asumir el cargo antes de juramentar, el Pleno del JNE dispuso que la Oficina General de Asesoría Jurídica elabore un proyecto de ley para regular este tipo de escenarios y evitar futuros vacíos legales.

Magistrado emitió voto en minoría

La mayoría del colegiado aprobó la resolución, aunque el magistrado Gunther Hernán Gonzales Barrón emitió un voto en minoría.

El magistrado sostuvo que el JNE no tiene competencia para modificar los resultados electorales una vez culminada la proclamación y entrega de credenciales. Además, afirmó que la condición de senador electo nace con la voluntad popular expresada en las urnas, por lo que el mandato irrenunciable rige desde la proclamación y no desde la juramentación.

En esa línea, consideró que, aunque una persona puede decidir no ejercer el cargo, la renuncia a un mandato constitucionalmente irrenunciable carece de efectos jurídicos, por lo que el pedido presentado por Rafael López Aliaga debió declararse improcedente.

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