El Gobierno peruano aprobó nuevas disposiciones para regular la asignación de gas natural en situaciones de emergencia energética. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 002-2026-EM, publicado el 5 de marzo en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, y modifica las reglas establecidas previamente en el Decreto Supremo N.º 017-2018-EM.
La norma busca establecer con mayor claridad el orden de prioridad para el suministro de gas cuando se active el Mecanismo de Racionamiento, una herramienta que permite gestionar el abastecimiento energético ante interrupciones o crisis en la infraestructura de transporte o producción. El objetivo es garantizar la continuidad del suministro para los sectores considerados críticos en el país.
Nuevo orden de prioridad en el suministro de gas
Uno de los principales cambios introducidos por el decreto es la modificación del artículo 5 del Decreto Supremo N.º 017-2018-EM, que regula la asignación de gas natural en contextos de emergencia.
De acuerdo con la nueva redacción, una vez declarada una emergencia energética, los productores, concesionarios de transporte, distribuidores y operadores de plantas de licuefacción deberán optimizar sus niveles de producción, transporte y distribución para garantizar el abastecimiento interno.
Asimismo, se establece que el productor de gas natural será responsable de asignar los volúmenes disponibles siguiendo un orden de prioridad definido por la norma.
Hogares y transporte público tendrán prioridad
El decreto establece que el primer grupo en ser atendido será el de los consumidores residenciales y comerciales regulados, con el fin de asegurar el suministro de energía a los hogares y pequeños negocios.
En segundo lugar, se priorizará a los establecimientos de venta de gas natural vehicular (GNV) vinculados al transporte público, una medida orientada a evitar la paralización de servicios esenciales de movilidad urbana.
Posteriormente, la asignación de gas se dirigirá a los generadores eléctricos, cuya operación resulta clave para mantener la estabilidad del sistema eléctrico nacional.
En los siguientes niveles de prioridad se ubican los consumidores industriales regulados, diferenciados según su nivel de consumo: primero aquellos con demanda menor a 20,000 metros cúbicos diarios, y luego los de mayor consumo.
Finalmente, el último nivel corresponde a los consumidores independientes que cuentan con contratos de suministro y transporte de gas natural.
Sistema de prorrateo para distribuir el gas
La nueva norma también introduce un mecanismo de distribución proporcional del gas disponible en ciertos niveles de consumo.
Para los casos que involucren a generadores eléctricos y consumidores industriales o independientes, el decreto establece que la asignación se realizará mediante un sistema de prorrateo.
Este mecanismo tomará como referencia el consumo registrado durante los siete días previos al inicio de la emergencia, con el objetivo de distribuir de manera equitativa el gas disponible entre los distintos usuarios.
La medida busca evitar que algunos agentes del mercado concentren el suministro en detrimento de otros sectores que también requieren el recurso para mantener sus operaciones.
Mayor flexibilidad regulatoria para Osinergmin
Otro punto relevante del decreto es la modificación del artículo 1 del Decreto Supremo N.º 063-2010-EM, que otorga nuevas facultades al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
Con esta modificación, el organismo regulador podrá dictar medidas transitorias que permitan flexibilizar temporalmente determinadas exigencias regulatorias en situaciones de emergencia.
El objetivo de esta disposición es facilitar la continuidad del abastecimiento de hidrocarburos y evitar interrupciones prolongadas en el suministro energético del país.
Estas medidas podrían incluir ajustes operativos o regulatorios que permitan responder con mayor rapidez ante crisis en la infraestructura energética o interrupciones en la cadena de suministro.
Contexto de crisis energética
La publicación del decreto ocurre en medio de una crisis en el suministro de gas natural generada por la rotura de la infraestructura del sistema de Camisea en el distrito de Megantoni, en la región Cusco.
El incidente provocó una reducción significativa en la disponibilidad de gas natural para el mercado interno, afectando el abastecimiento de GNV, GLP y otros sectores productivos.
Ante esta situación, el Ejecutivo busca fortalecer los mecanismos de respuesta frente a emergencias energéticas y garantizar que los recursos disponibles se asignen de manera prioritaria a los servicios esenciales.
Las autoridades han señalado que la seguridad energética se ha convertido en un tema estratégico para el país, especialmente ante la alta dependencia de una sola infraestructura para el transporte del gas natural.