El Gobierno del presidente José María Balcázar establece medidas extraordinarias para promover el acceso al gas licuado de petróleo (GLP) en la población vulnerable y mitigar el impacto económico en los usuarios de gas natural vehicular (GNV), en el contexto de la emergencia registrada en el sistema de suministro energético del país.
La medida se oficializa mediante el Decreto de Urgencia N.° 002-2026, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el cual dispone acciones excepcionales orientadas a garantizar la seguridad energética y la continuidad de las actividades económicas esenciales.
Vale adicional del FISE
Entre las principales disposiciones, la norma establece la entrega excepcional y por única vez de un Vale de Descuento FISE adicional de 10 soles para los beneficiarios activos del Programa de Compensación Social y Promoción para el Acceso al GLP.
Este vale podrá utilizarse para la compra de cilindros de GLP de hasta 10 kilogramos, con el objetivo de apoyar a los hogares vulnerables y aliviar el gasto en la canasta básica familiar.
Medidas para el transporte que usa GNV
El decreto también contempla acciones destinadas a reducir el impacto económico en el sector transporte que utiliza gas natural vehicular.
En ese sentido, se suspende por 60 días calendario la aplicación del factor de recaudo de financiamiento del Programa Ahorro GNV del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), así como las comisiones asociadas a este programa.
Además, se dispone que el FISE financie un apoyo extraordinario de 120 soles para las personas naturales o jurídicas que brindan el servicio de taxi y utilizan GNV.
Este beneficio estará dirigido a unidades autorizadas por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y por las municipalidades provinciales competentes en Lima, Callao e Ica.
Vigencia de las medidas
La norma precisa que estas acciones buscan asegurar el acceso al GLP en los hogares vulnerables y reducir el impacto económico generado por la emergencia en el suministro de gas natural.
El Decreto de Urgencia N.° 002-2026 tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 y cuenta con el refrendo de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Energía y Minas.