Reinfo ampliado y nuevas obligaciones
Tras la promulgación de la Ley N.º 32537, que extiende la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) hasta el 31 de diciembre de 2026, el Gobierno estableció una serie de nuevas disposiciones orientadas a ordenar el proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal. Entre las principales medidas figura la ejecución del Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, que deberá iniciarse y completarse en los próximos seis meses.
La norma busca fortalecer el control del Estado sobre una actividad que concentra miles de operadores en todo el país y que ha sido objeto de cuestionamientos por su impacto ambiental, social y económico. El censo se presenta como una herramienta clave para actualizar información, reducir la informalidad y avanzar hacia una transición ordenada a la legalidad.
Censo nacional bajo coordinación interinstitucional
De acuerdo con la ley, el censo será ejecutado de manera conjunta por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el Ministerio de Energía y Minas (Minem) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet). El plazo máximo para su realización es de seis meses desde la entrada en vigencia de la norma, aunque el proceso completo no deberá exceder los 12 meses.
El levantamiento de información permitirá identificar el número real de operadores, su ubicación, tipo de actividad y condiciones de operación, aspectos considerados esenciales para la formulación de políticas públicas en el sector minero de pequeña escala.
Mineros deberán declarar ubicación real de sus operaciones
Uno de los puntos centrales de la nueva disposición es la obligación de los mineros inscritos en el Reinfo de sincerar la ubicación real de sus operaciones. La ley establece un plazo máximo de 120 días calendario para que los titulares registren esta información de forma exclusiva en la Ventanilla Única de Formalización Minera del Minem.
Para cumplir con este requisito, los operadores deberán presentar información georreferenciada y documentada, que permita verificar la ubicación exacta del yacimiento, el área de operación y las actividades que desarrollan. Esta medida busca evitar superposiciones, inconsistencias y registros ficticios que han dificultado el proceso de formalización en años anteriores.
Validación técnica a cargo del Minem
El Ministerio de Energía y Minas será responsable de validar la información presentada por los mineros inscritos en el Reinfo. La norma señala que esta evaluación deberá realizarse de manera técnica y objetiva, y faculta al Minem a solicitar aclaraciones o información adicional cuando sea necesario.
Este proceso de verificación apunta a garantizar que los datos consignados reflejen la realidad de las operaciones mineras y permitan un seguimiento efectivo de las actividades en el territorio nacional.
Rol de los gobiernos regionales
La ley también asigna responsabilidades directas a los gobiernos regionales, que tendrán un plazo máximo de 60 días calendario para transferir al Minem la totalidad del acervo documentario vinculado al proceso de formalización minera integral. Esta documentación incluye expedientes físicos y digitales, bases de datos, informes técnicos, resoluciones administrativas y comunicaciones oficiales.
El incumplimiento de esta obligación generará responsabilidad funcional para los servidores y funcionarios competentes, conforme a la normativa vigente. Con esta medida, el Ejecutivo busca centralizar la información y evitar duplicidades o vacíos en el proceso de formalización.
Fiscalización laboral y formalización del empleo
Otro componente de la norma está relacionado con la formalización laboral. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) deberá emitir los reglamentos necesarios para verificar que los titulares inscritos en el Reinfo cumplan con la incorporación de sus trabajadores en planilla.
Este proceso deberá implementarse en un plazo no mayor de 60 días desde la entrada en vigencia de la ley, reforzando así el enfoque integral de la formalización minera, que no solo abarca aspectos técnicos y ambientales, sino también laborales.
Objetivo: orden y seguridad jurídica
Según el Ejecutivo, las nuevas disposiciones buscan otorgar seguridad jurídica a los mineros en proceso de formalización y asegurar la sostenibilidad ambiental y social de sus actividades. El acompañamiento técnico, la supervisión y el fortalecimiento institucional forman parte de una estrategia orientada a reducir los niveles de informalidad que persisten en el sector.
El Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal se perfila así como una pieza clave para redefinir el mapa de la minería de pequeña escala en el país y sentar las bases de una política pública más efectiva en los próximos años.