Estado no asumirá defensa de Boluarte por presunto enriquecimiento ilícito, pero sí en otros cuatro procesos

El Despacho Presidencial rechazó financiar su defensa en la investigación por presunto incremento patrimonial injustificado, aunque autorizó patrocinio legal en los casos Cirugías, Eficcop y las indagaciones por lesiones durante las protestas.

por Diana
Dina Boluarte

El Estado peruano no asumirá la defensa legal de la presidenta Dina Boluarte en la investigación preliminar que se le sigue por el presunto delito de enriquecimiento ilícito agravado. Así lo resolvió el Despacho Presidencial tras concluir que los hechos materia de la pesquisa no guardan relación directa con el ejercicio de sus funciones.

Según la resolución administrativa, un informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica determinó que el presunto incremento patrimonial injustificado —objeto de investigación fiscal— no deriva de actos oficiales ni del desempeño regular del cargo, por lo que no corresponde que el Estado financie su defensa en ese proceso.

Defensa estatal en otros casos

No obstante, el Despacho Presidencial sí autorizó que el Estado asuma la defensa y asesoría legal de Boluarte en otros cuatro procesos que enfrenta ante el Ministerio Público, al considerar que estos sí estarían vinculados al ejercicio de sus funciones como jefa de Estado.

Entre ellos figura el denominado caso “Cirugías”, referido a presuntas irregularidades y a la eventual omisión de funciones al no informar oportunamente sobre intervenciones médicas que habrían afectado el despacho presidencial. También se incluye la investigación vinculada al desmantelamiento del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop), en la que se indaga una presunta injerencia en el sistema de justicia.

Asimismo, el Estado asumirá el patrocinio en las investigaciones por presuntos delitos de lesiones leves y graves en el contexto de las protestas sociales registradas entre diciembre de 2022 y febrero de 2023. En esas pesquisas, la Fiscalía evalúa la eventual responsabilidad política y penal de las más altas autoridades del Ejecutivo por las muertes y heridos ocurridos durante las movilizaciones.

A estas se suma una investigación por presunto cohecho pasivo propio y otra por falsedad genérica, vinculadas a actuaciones administrativas realizadas durante su gestión.

Criterio de vinculación funcional

La normativa vigente establece que los altos funcionarios pueden acceder a defensa legal con recursos públicos cuando los procesos estén directamente relacionados con el ejercicio de sus funciones. Bajo ese criterio, el Despacho Presidencial consideró improcedente el pedido respecto al caso de enriquecimiento ilícito, pero válido en los demás expedientes.

La decisión se produce en un escenario judicial complejo para la mandataria, quien afronta múltiples investigaciones fiscales mientras el debate público gira en torno al uso de recursos estatales para la defensa de autoridades en ejercicio.

Con esta resolución, el Ejecutivo marca una línea: no todo proceso penal contra un presidente habilita automáticamente el patrocinio del Estado, sino solo aquellos que tengan conexión directa con la función pública

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