En una misiva enviada en conjunto, por la jefa de Estado, Dina Bolaurte Zegarra, y el titular del Parlamento, Alejandro Soto Reyes, expresaron su rechazo la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que se deje sin efecto “el trámite legislativo” de la ley sobre prescripción de delitos de lesa humanidad.
“Por esta razón, deploramos profundamente que la Corte IDH, en la referida resolución, implique que el Perú no es un Estado constitucional de derecho y que carece de los mecanismos propios de una república democrática en la que operan el balance y control de los poderes públicos. Pretendería más bien en constituirse al interior de nuestro Estado en un supra poder con capacidad de dirigir y ordenar la manera en que sus órganos legítimos deben operar “, se lee en la carta.
La carta también rechaza “de manera categórica” los términos contenidos en la resolución de la Corte IDH del pasado 1 de julio debido a “que lo concedido como medida provisional supone el desconocimiento de la soberanía estatal y el principio de separación de poderes”.
“Lamentamos que la Corte IDH haya emitido una resolución que, excediendo sus competencias, ha desnaturalizado la figura de las medidas provisionales, de carácter temporal y excepcional para garantizar el resultado de fondo, y ahora mantenga la práctica de extender sus alcances arbitrariamente a situaciones nuevas que se relacionan de manera directa con lo dictaminado en su oportunidad, bajo el manido pretexto de encontrarse en supervisión de cumplimiento de sentencia, transgrediendo de modo evidente el rol subsidiario que debe asumir “.
En el documento oficial dirigida a Nancy Hernández López, presidenta de la Corte IDH, firmada por Boluarte Zegarra y Reyes Soto rechazan que la Corte IDH use términos como “conflicto armado interno”, para referirse en los años, en que el país tuvo que enfrentar “la insania terrorista”, pues que ello “ofende la conciencia cívica nacional y ofende la memoria de miles de peruanos y peruanas que perdieron la vida “por las hordas terroristas”.
“Es más en la resolución del 1° de julio se llega a decir: “un conflicto entre grupos armados y agentes de las fuerzas policial y militar” (párrafo 52); tal expresión desconoce a la realidad y promueve una injustificada distorsión de la misma, pue lo que realmente ocurrió en el Perú fue que la sociedad peruana tuvo que enfrentar y defenderse de un ataque terrorista generalizado y sistemático, que ocasionó la decena de miles de vidas e incalculables pérdidas económicas”. se lee.
Finalmente, solicitan que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en un ejercicio de la autotutela, corrija sus excesos que terminan por lesionar el Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos y afecta la soberanía de los Estados.