El Poder Judicial declaró inaplicable la inhabilitación por 10 años para ejercer función pública que el Congreso impuso contra la exfiscal suprema y actual decana del Colegio de Abogados de Lima, Delia Espinoza. Por haber denunciado constitucionalmente a congresistas que respaldaron una ley que permitía el cobro simultáneo de sueldo y pensión a exmiembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
Previamente, las bancadas de Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Avanza País y Podemos Perú aprobaron la sanción en diciembre. Por otro lado, Bloque Democrático, Honor y Democracia, Juntos por el Perú-Voces del Pueblo-Bloque Magisterial, Perú Libre, Somos Perú y los congresistas no agrupados rechazaron la sanción.
Poder Judicial cuestiona resolución del Congreso contra Delia Espinoza
Según la sentencia de la Tercera Sala Constitucional de Lima, también se declaró inaplicable la resolución legislativa que levantó el antejuicio político contra Espinoza para procesarla por presuntos delitos de prevaricato, abuso de autoridad, falsedad genérica y usurpación de funciones.
Asimismo, el fallo dispone la reincorporación de Delia Espinoza como fiscal suprema titular del Ministerio Público. Bajo la siguiente condicional: “siempre y cuando no exista resolución administrativa, judicial y/o de otra índole que disponga lo contrario”.
No obstante, actualmente no podrían reponerla esto debido a que, tras la inhabilitación, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) la suspendió por seis meses y posteriormente la destituyó. Además, el Congreso le impuso una segunda inhabilitación por 10 años.

Poder Judicial señala vulneración al derecho a la igualdad
Los jueces superiores también consideraron que se vulneró el derecho a la igualdad de Espinoza. Esto debiado a que los demás fiscales denunciados “se encontraban en la misma situación jurídica”, pero no recibieron la misma sanción.
“No advirtiéndose justificación o argumento alguno en las mencionadas resoluciones legislativas que permitan inferir mínimamente las razones objetivas de ese trato diferenciado”, se lee en la sentencia.
Por ello, la Sala Constitucional concluyó que corresponde dejar sin efecto las resoluciones legislativas cuestionadas y restituir los derechos de la exfiscal suprema.
