Con 13 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, se aprobó el informe de calificación que recomienda no admitir a trámite la denuncia en ninguno de sus extremos, por considerar que no cumple con los requisitos constitucionales ni penales exigidos para ser evaluada por el Congreso.
La denuncia acusaba al titular de la JNJ de presunta infracción a los artículos 139 y 158 de la Constitución, así como la posible comisión de los delitos de avocamiento ilegal de proceso en trámite, usurpación de funciones y abuso de autoridad, tipificados en el Código Penal.
Asimismo, en votación unánime con 16 votos a favor, la subcomisión aprobó declarar improcedente la Denuncia Constitucional N.º 559, presentada por la ciudadana Gabriela Vidarte Mata contra los magistrados del Tribunal Constitucional Luis Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y César Ochoa Cardich.
La SAC consideró que esta denuncia no precisaba la existencia de presuntos delitos de función, lo cual resulta indispensable para su procedencia ante la instancia parlamentaria. Por tanto, fue desestimada en su totalidad.
Estas decisiones reflejan la aplicación de criterios técnicos y constitucionales en el proceso de admisión de denuncias contra altos funcionarios del Estado.