Congreso avanza proyecto que reconoce el sábado como día no laborable por motivos religiosos

por Edgar Mandujano

El Congreso de la República aprobó en primera votación el proyecto de ley que reconoce el sábado como día no laborable compensable para trabajadores cuya confesión religiosa establece ese día como jornada de descanso o día de guardar. Se trata de un debate que vuelve a colocar en el centro la pregunta clave: ¿cómo garantizar la libertad religiosa sin afectar la actividad laboral ni los derechos de empleadores y otros trabajadores?

El dictamen, sustentado en el Proyecto de Ley 4610/2022-CR, obtuvo 68 votos a favor, 2 en contra y 19 abstenciones. De acuerdo con el artículo 78 del Reglamento del Congreso, será sometido a segunda votación dentro de siete días calendario, antes de su eventual promulgación o archivo.

La propuesta, presentada por el congresista Juan Burgos (Podemos Perú), plantea una regulación específica para trabajadores de confesiones como la adventista del séptimo día o comunidades que adoptan el sábado como día de reposo espiritual.


¿Qué plantea exactamente el proyecto aprobado por el Pleno?

El dictamen establece que todo trabajador deberá informar al inicio de la relación laboral si su credo religioso exige la observancia del sábado como día de descanso. Este requisito deberá estar acompañado por una constancia oficial emitida por la autoridad correspondiente de su religión, lo que abre una segunda interrogante: ¿cómo se acreditará la pertenencia religiosa sin vulnerar la privacidad o generar discriminación?

Según el texto aprobado, el sábado se reconocerá como día no laborable compensable, y las horas no trabajadas deberán recuperarse dentro de los 10 días naturales posteriores. El empleador también tendrá la potestad de fijar otro plazo de compensación, siempre que exista acuerdo y no se vulneren condiciones laborales preestablecidas.

Un punto central del proyecto es la prohibición de cualquier cláusula, convenio colectivo o decisión unilateral que implique discriminación por motivos religiosos en materia de jornada, retribuciones o condiciones de trabajo. Este aspecto fue resaltado durante el debate como un avance en materia de derechos fundamentales en el espacio laboral.


Argumentos a favor: libertad religiosa y seguridad jurídica

El presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Alex Paredes, defendió la norma asegurando que busca garantizar un derecho fundamental reconocido por la Constitución, como es la libertad religiosa. Sostuvo que el proyecto ofrece “una salida razonable y equilibrada” para los trabajadores que a menudo se ven obligados a elegir entre su empleo y sus creencias.

Los defensores del dictamen enfatizaron que la propuesta no crea un feriado, sino una excepción justificada, sustentada exclusivamente en motivos religiosos acreditados. Para ellos, el mecanismo de compensación evita perjuicios económicos y permite mantener la continuidad de las operaciones laborales.

Asimismo, señalaron que en países con comunidades religiosas diversas ya existen figuras similares que permiten armonizar las obligaciones laborales con la observancia religiosa. En ese sentido, el proyecto peruano busca alinearse con estándares internacionales que reconocen la protección del trabajador frente a posibles actos de discriminación.


Dudas, críticas y preguntas pendientes

Pese a su aprobación, el dictamen generó dudas entre algunos legisladores que optaron por la abstención. Una de las principales preocupaciones es el efecto que podría tener en sectores donde la operación continua es esencial, como salud, vigilancia, transporte, comunicaciones o actividades industriales.

Otra inquietud gira en torno a la verificación de la pertenencia religiosa. ¿Qué entidad estará autorizada para emitir las constancias? ¿Cómo se evitará que la acreditación se convierta en un proceso discrecional o cuestionado? Estas preguntas aún no tienen respuestas claras en el texto legal.

También se planteó la necesidad de que el Ejecutivo, de aprobarse la ley, acompañe su implementación con reglamentos claros para evitar conflictos entre empleadores y empleados, especialmente en empresas pequeñas donde el personal es reducido y los horarios deben cubrirse de manera estricta.

Además, algunos especialistas en derecho laboral advierten que podría abrirse un precedente para solicitar días no laborables por otras prácticas religiosas, lo que implicaría nuevos debates sobre igualdad y trato diferenciado en el ámbito laboral.


Lo que viene: segunda votación y debate final

Con el resultado obtenido este jueves, el dictamen queda listo para ser debatido nuevamente en una segunda votación, requisito indispensable para su aprobación definitiva. De superar esta etapa, será enviado al Ejecutivo para su promulgación o eventual observación.

La propuesta ha reavivado la discusión sobre cómo garantizar la libertad de culto sin generar desigualdades o cargas adicionales en el sector laboral. Será clave observar si, en los próximos días, el Congreso incorpora precisiones o ajustes que respondan a las preguntas planteadas por los propios legisladores y especialistas.

Por ahora, el país se encamina a una posible nueva configuración de la jornada laboral para un sector de trabajadores que, hasta hoy, no contaba con una regulación específica que les permitiera cumplir con sus prácticas religiosas sin afectar sus obligaciones contractuales.


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