El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) publicó, mediante la Circular N.º 0010-2025-BCRP, el índice de reajuste diario correspondiente al mes de junio de 2025. Este índice se aplica a los pasivos de las empresas financieras contraídos a un plazo no menor de 90 días, con el objetivo de mantener el valor constante de dichos montos en función de la inflación.
Este reajuste se elabora en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) para Lima Metropolitana, indicador que es determinado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). La finalidad es preservar el poder adquisitivo de las obligaciones pactadas a mediano y largo plazo dentro del sistema financiero.
Cabe precisar que este índice no puede ser utilizado para el cálculo de intereses, ni para la determinación del valor actualizado de prestaciones que deban ser restituidas por mandato judicial o legal. Su uso está limitado estrictamente a lo establecido en el artículo 240° de la Ley General del Sistema Financiero.
Con esta publicación, el BCRP continúa cumpliendo su función técnica de proporcionar herramientas de ajuste que fortalezcan la transparencia y la estabilidad del sistema financiero peruano, garantizando que las operaciones a plazos mayores se ajusten conforme a las variaciones reales del costo de vida.