Condena judicial
La Corte Superior de Justicia de Ucayali, a través de la jueza Ana Bedoya Maque del Tercer Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, condenó a Roosevelt Junior Rodríguez Humpiri, Raphael Arnaldo Zamora Cruzatti y Jesús Jarvis Mosqueda Muñoz por el delito de concusión, previsto en el artículo 382 del Código Penal, en agravio del Estado.
A los sentenciados se les impuso dos años de pena privativa de libertad suspendida, sujeta al cumplimiento de reglas de conducta como control mensual de firmas, permanencia en domicilio salvo autorización judicial y reparación del daño causado. El incumplimiento podría derivar en pena efectiva.
Inhabilitación y multas
Además, se ordenó la inhabilitación para ejercer cargos públicos durante el tiempo de la condena, una multa de 180 días equivalente a S/ 1 395, el pago solidario de S/ 6 000 por reparación civil y el abono de las costas procesales, reforzando la responsabilidad de los exfuncionarios por sus acciones ilegales.
Hechos investigados
El 11 de octubre de 2018, los ciudadanos Augusto Raúl Laipa Irupailla y Ernesto Pariona Cletona fueron interceptados en el puerto de Atalaya por los tres efectivos policiales, quienes les exigieron dinero bajo la falsa acusación de actividades ilícitas. Se retuvieron S/ 15 300 de Laipa y S/ 11 000 de Pariona, devolviendo solo S/ 500 a cada uno con amenazas explícitas de no denunciar.
Tras la denuncia inmediata, se identificó a los responsables: Teniente PNP Roosevelt Rodríguez Humpiri, S1 PNP Raphael Zamora Cruzatti y S3 PNP Jesús Mosqueda Muñoz, quienes habían salido sin autorización oficial del patrullero pretextando una revisión mecánica. El mismo día, Zamora confesó tener el dinero retenido, lo que permitió formalizar la investigación por concusión en agravio del Estado.
Garantía del Estado
Esta sentencia reafirma el compromiso del Sistema de Justicia en sancionar actos de corrupción cometidos por funcionarios y proteger los derechos de los ciudadanos frente a abusos de autoridad.