El Poder Judicial reprogramó para mañana miércoles, a partir de las 9:00 p.m., la lectura de resolución del pedido de prisión preventiva formulado contra Adrián Alonso Villar Chirinos (21), investigado por el atropello y posterior fallecimiento de la deportista Lizeth Marzano Noguera.
La decisión fue adoptada por el juez Adolfo Fernando Farfán, del 33.º Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien explicó que debía atender otros procesos judiciales programados durante la jornada, motivo por el cual la lectura de su resolución fue diferida.
Audiencia por atropello que causó muerte
La audiencia se instaló para evaluar el requerimiento de nueve meses de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público contra Villar Chirinos, investigado por el accidente ocurrido la noche del 17 de febrero de 2026, en el distrito de San Isidro.
Según la imputación fiscal, el investigado conducía un vehículo Chevrolet por la avenida Camino Real cuando realizó un cambio intempestivo de carril, invadió la berma e impactó por la espalda a la víctima, quien se encontraba realizando actividad física. Producto del choque, la deportista fue proyectada varios metros y falleció horas después, a las 00:08 del 18 de febrero, en el hospital Casimiro Ulloa, a causa de un traumatismo encéfalo craneano.
Delitos imputados y prognosis de pena
El Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto provincial Henry Zabaleta Apolo, atribuye a Villar Chirinos la presunta comisión de homicidio culposo agravado, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente de tránsito.
La Fiscalía sostuvo que existe un concurso ideal entre los delitos de fuga y omisión de socorro, así como un concurso real con el homicidio culposo, lo que permitiría una prognosis de pena de hasta ocho años de prisión, superando el umbral legal exigido para dictar prisión preventiva.
Conducta posterior y tesis de fuga planificada
Durante su exposición, el fiscal enfatizó la conducta posterior al accidente, señalando que el investigado no se detuvo para auxiliar a la víctima y huyó del lugar a alta velocidad, incluso cruzando semáforos en rojo.
Asimismo, apoyado en cámaras de videovigilancia, indicó que Villar Chirinos regresó a su domicilio, se cambió de ropa y coordinó con su entorno familiar para luego retirarse en otro vehículo, lo que —según la tesis fiscal— evidenciaría un plan deliberado para eludir la identificación dentro del plazo de flagrancia.
La Fiscalía también advirtió un grave peligro de obstaculización, al sostener que existió una “estructura familiar obstaculizadora” que impidió que el imputado se pusiera a derecho, ocasionando la pérdida de diligencias urgentes como el dosaje etílico.
Debate por informe policial y rol de la defensa
Un punto central de la audiencia fue la controversia por la incorporación del Informe Policial N.° 039-2026-DIRNOPS, presentado por la Fiscalía a última hora. La defensa del investigado, asumida recientemente por el abogado César Nakazaki Servigón, se opuso a su inclusión, alegando que el documento fue entregado incompleto y sin sus anexos.
Nakazaki sostuvo que no se puede debatir un informe técnico sin contar con la documentación íntegra que respalde sus conclusiones, mientras que el fiscal aclaró que se trataba de un informe técnico policial, no pericial, y se comprometió a no citar anexos no notificados.
Resolución previa y suspensión de la audiencia
Ante estas incidencias, el juez Farfán emitió una decisión intermedia: declaró infundadas tanto la oposición de la defensa como la de la Fiscalía, pero dispuso la suspensión de la audiencia para garantizar el derecho a la preparación de la defensa, sin vulnerar el plazo legal de 48 horas.