Municipalidad de Lima defiende derecho al voto y activa acciones legales sin vulnerar neutralidad electoral

La Municipalidad de Lima sostiene que sus acciones legales buscan defender el derecho al voto de los vecinos y no implican vulneración del deber de neutralidad electoral.

por Edgar Mandujano

La Municipalidad de Lima sostuvo que las acciones legales adoptadas recientemente tienen como objetivo defender el derecho al voto de los vecinos de la capital, sin que ello implique una vulneración del deber de neutralidad electoral establecido por la normativa vigente.

Según precisó la Municipalidad de Lima, el alcalde metropolitano actúa en cumplimiento de la Ley N.° 27972, que le otorga la responsabilidad de cautelar los derechos e intereses de los ciudadanos de Lima, especialmente ante situaciones que afecten el ejercicio del sufragio.

El Concejo Municipal, mediante el Acuerdo de Concejo N.° 104-2026, autorizó a la autoridad edil a iniciar una demanda por conflicto de competencias contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), tras lo que consideran una afectación a las atribuciones constitucionales del municipio.

Municipalidad de Lima y defensa del derecho al voto

La Municipalidad de Lima sostiene que su intervención responde a la imposibilidad de garantizar el pleno ejercicio del derecho al voto de los vecinos en el último proceso electoral, situación que —según indican— generó preocupación institucional.

En ese sentido, la comuna enfatiza que su actuación busca preservar derechos fundamentales y no asumir funciones electorales, las cuales corresponden exclusivamente a los organismos del sistema electoral.

Municipalidad de Lima niega vulneración de neutralidad

La Municipalidad de Lima rechazó cualquier interpretación que sugiera una supuesta vulneración del principio de neutralidad electoral. Según la institución, sus acciones no implican apoyo ni oposición a ninguna organización política.

Asimismo, recordó que el Reglamento sobre propaganda electoral y neutralidad del Jurado Nacional de Elecciones establece límites claros, los cuales —afirman— han sido respetados en todo momento.

Neutralidad electoral y funciones municipales

La Municipalidad de Lima precisó que la neutralidad electoral no significa la paralización de las funciones públicas ni el silencio frente a posibles riesgos que afecten el orden social o el patrimonio de la ciudad.

En ese sentido, señalaron que el Centro Histórico de Lima, declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, requiere acciones preventivas frente a eventuales situaciones de alteración del orden público.

Sustento legal de las acciones municipales

La Municipalidad de Lima también citó precedentes del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial que reconocen la legitimidad de las autoridades locales para interponer acciones judiciales en defensa de los intereses de los ciudadanos.

Entre ellos, se menciona el caso Ramón Lucianeti Pairazamán León (Exp. N.° 01072-2023-PHC/TC), donde se reafirma la facultad de los gobiernos locales para actuar cuando se encuentran comprometidos derechos fundamentales.

Debate institucional en curso

El caso abre un nuevo debate sobre los límites entre la defensa de derechos ciudadanos y el principio de neutralidad electoral, en un contexto donde la Municipalidad de Lima busca que se reconozca su legitimidad para actuar en defensa del voto ciudadano sin interferir en el proceso electoral.

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