Para combatir la inseguridad ciudadana, el Congreso aprobó la Ley N.º 32336, que modifica el Código Penal e incorpora el delito de captación de menores para la comisión de delitos, sancionando severamente a los responsables, incluso con cadena perpetua para quienes abusen de su autoridad.
La ley, publicada el 17 de mayo en El Peruano, incorpora el artículo 129-Q al Código Penal, sancionando con 8 a 12 años de prisión a quien induzca a un menor a delinquir mediante violencia, amenazas u otros métodos coercitivos. Si el delito involucra sicariato, robo agravado, tráfico de drogas o pertenencia a una organización criminal, la pena será de 12 a 25 años.
La nueva norma establece cadena perpetua para agresores que abusen de su posición, relación de poder o lazos familiares para inducir a menores a cometer delitos, buscando así combatir el reclutamiento de jóvenes, cada vez más involucrados en crímenes graves.
La Ley 32336 complementa la reciente Ley 32330, que responsabiliza penalmente a adolescentes de 16 y 17 años, considerándolos imputables y fortaleciendo el marco legal contra delitos como el sicariato y la extorsión cometidos por menores.
El comandante general de la PNP, Víctor Zanabria, informó que el 50% de los detenidos por sicariato son adolescentes, principalmente del Callao y del norte del país. Preocupa que la mitad de estos adolescentes también sean procesados por tenencia ilegal de armas, evidenciando su fuerte vinculación con el crimen.