El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) determinó que exigir citas exclusivamente virtuales para tramitar el pasaporte electrónico es una barrera burocrática ilegal. Esta medida, impuesta por la Superintendencia Nacional de Migraciones, limitaba el acceso a un servicio esencial a quienes no podían usar medios digitales.
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) explicó que, si bien las plataformas en línea pueden facilitar la gestión de citas, estas no deben ser el único canal habilitado. Las personas deben poder acudir presencialmente a solicitar su turno, en ejercicio del derecho de petición administrativa establecido en la Ley 27444.
Además, la SEL precisó que las entidades deben otorgar la cita el mismo día de la solicitud, sin importar si el turno está programado para una fecha posterior. Esto garantiza que todos los ciudadanos, sin distinción, accedan a un servicio público bajo condiciones equitativas y sin trabas injustificadas.
La resolución también revoca una decisión previa de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas y ordena la inaplicación de esta restricción, con efectos generales. De este modo, se protege el derecho de todos los ciudadanos a realizar trámites públicos sin exclusiones por razones tecnológicas.