Fiscalía logra extinción de dominio sobre barra de oro valorizada en más de 400 mil dólares

El material aurífero, de casi siete kilogramos de peso, pasará a propiedad del Estado tras determinarse su procedencia vinculada a la minería ilegal.

por angie.joice2701@gmail.com

En un nuevo golpe a las finanzas de las economías criminales, la Cuarta Fiscalía Provincial de Extinción de Dominio de Lima logró que el Poder Judicial declare fundada la demanda para recuperar, a favor del Estado, una barra de oro doré de 6.92 kilogramos. El bien, incautado en el marco de la lucha contra la minería ilegal, tiene un valor comercial estimado en 404,117.03 dólares.

La investigación, dirigida por la fiscal provincial Milagros Erika Pereda Valderrama, determinó que la empresa minera involucrada no pudo acreditar de manera fehaciente el origen legal del mineral. Durante el proceso, el representante de la compañía presentó argumentos generales sobre su producción, pero no aportó pruebas suficientes que respalden cada etapa de extracción y refinamiento.

Aplicación del Decreto Legislativo 1373

La resolución judicial se sustenta en el Decreto Legislativo 1373 (Ley de Extinción de Dominio), herramienta jurídica que permite al Estado retirar la titularidad de bienes que sean producto o instrumento de actividades ilícitas, independientemente de la responsabilidad penal de los implicados.

Este mecanismo resulta clave en la lucha contra delitos complejos como la minería ilegal, donde el oro suele ser “blanqueado” a través de empresas que aparentan formalidad, pero que no cumplen con los registros de explotación exigidos por la normativa vigente.

Compromiso institucional

Con esta sentencia, la Coordinación Nacional de Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio reafirma su estrategia de atacar el patrimonio de las organizaciones delictivas. El mineral recuperado será administrado conforme a ley, integrándose al patrimonio público para fortalecer la lucha contra los delitos ambientales y la criminalidad organizada.

Este resultado sienta un precedente en la exigencia de trazabilidad para las empresas del sector minero y evidencia que la falta de documentación probatoria sobre el origen del mineral puede derivar en la pérdida de la propiedad a favor del Estado.

También te puede interesar

 Av. Guardia Civil 1321, Oficina 1802, Surquillo, Lima – Perú

Copyright ©caretas.pe | Por Revista Caretas

Todos los derechos reservados

¿TIENES UNA DENUNCIA? ESCRÍBENOS

Nota y Prensa S.A.C.

Fiorella Cubas

editorweb@caretas.com.pe

Ilustración Peruana

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. Aceptar Leer más

Política de privacidad y cookies
¿Estás segura de que quieres desbloquear esta publicación?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?