A partir de este año, los trabajadores del sector privado tienen un plazo de hasta cuatro años para reclamar sus utilidades, según establece la Ley 27321. La Cámara de Comercio de Lima (CCL) explicó que este plazo empieza a contar desde el día siguiente en que las utilidades se hicieron exigibles. Es decir, si las utilidades de 2023 debían pagarse en marzo de 2024, los trabajadores podrán reclamarlas hasta marzo de 2028.
Una vez pasado este período, las utilidades no reclamadas serán redistribuidas entre los empleados que sí las hayan solicitado. Es crucial que los trabajadores estén informados sobre este plazo para no perder su derecho al pago de este beneficio. Además, las empresas deben realizar el pago dentro de un plazo máximo de 30 días después de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, lo que usualmente ocurre entre abril y mayo.
Las empresas con más de 20 empleados que hayan obtenido ganancias netas están obligadas a repartir utilidades, pero con un límite: ningún trabajador podrá recibir más de 18 remuneraciones mensuales. Si este monto se excede, el saldo debe ser destinado al Fondo Nacional de Capacitación Laboral y Promoción del Empleo. Además, las empresas deben entregar una hoja de liquidación detallada, lo que asegura la transparencia del proceso.
El incumplimiento de estas disposiciones puede generar multas severas. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) impondrá sanciones que pueden superar los S/ 139,742 a las empresas que no paguen las utilidades correspondientes o que no entreguen la hoja de liquidación. La CCL recuerda la importancia de conocer los plazos y procedimientos para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales.