La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó, en segunda y última instancia administrativa, la responsabilidad de la empresa Transportes Olivares S.R.L. por no garantizar condiciones seguras en la prestación del servicio de transporte.
El organismo ratificó la multa de 450 UIT, equivalente a aproximadamente S/ 2 475 000, al concluir que la empresa incumplió su deber de seguridad hacia los pasajeros.
Indecopi confirma sanción por accidente en Cusco
El caso está relacionado con un accidente ocurrido en la ruta Cusco–Livitaca, en diciembre de 2022, que dejó como saldo seis personas fallecidas y 25 heridos tras la caída de un bus a un abismo en el sector de Totora Alta.
De acuerdo con la resolución, la empresa vulneró el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al exponer de forma injustificada la seguridad y salud de los pasajeros.
Un informe de la Policía Nacional del Perú determinó que el conductor del vehículo se encontraba en estado de agotamiento físico, con reflejos disminuidos y sin las condiciones adecuadas para continuar el viaje.
Decisión de continuar el viaje agravó el riesgo
Según Indecopi, la unidad permaneció detenida varias horas debido a bloqueos en la vía. Esta situación obligó a pasajeros y tripulación a pasar la noche dentro del bus.
Pese a ello, la empresa decidió retomar el servicio y continuar la ruta por una vía alterna no habitual, sin adoptar medidas de seguridad suficientes.
Esta decisión aumentó el nivel de riesgo y derivó en la pérdida de control del vehículo, que terminó cayendo a un abismo.
Medidas correctivas ordenadas por Indecopi
Además de la multa, Indecopi ordenó a la empresa reintegrar los gastos médicos de los pasajeros heridos que aún no hayan sido cubiertos, hasta su completa recuperación.
La empresa también deberá presentar documentos que acrediten el cumplimiento de esta medida, bajo advertencia de nuevas sanciones coercitivas en caso de incumplimiento.
Resolución final y posibilidad de apelación
La sanción fue confirmada mediante la Resolución 1238-2026/SPC-INDECOPI, emitida en segunda y última instancia administrativa.
Aunque se trata de una decisión final en sede administrativa, la empresa aún puede recurrir a la vía judicial si decide impugnar el fallo.