Crean el Sistema contra el Crimen Organizado y el Consejo Nacional contra el Crimen Organizado

La norma aprobada permitirá a las instituciones competentes reunirse en este sistema y consejo para coordinar intervenciones conjuntas operativas y de prevención, e impulsar acciones de mejora frente a la evolución de este flagelo social.
Al mes de julio del 2023, fueron registradas 78 685 denuncias, lo que representa el 61% con respecto del total de denuncias del año anterior. Los delitos relacionados al crimen organizado con mayor incremento son la extorsión, el tráfico ilícito de migrantes, la falsificación de documentos, el sicariato, la minería ilegal, los delitos informáticos y el tráfico de madera, relacionados a las economías ilegales. Foto Referencial.

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N° 1607, que modifica la Ley Contra el Crimen Organizado N.° 30077 y crea el Sistema contra el Crimen Organizado y el Consejo Nacional contra el Crimen Organizado.

El citado decreto sustenta su aprobación ante el incremento exponencial de denuncias de delitos relacionados al crimen organizado, entre el año 2018 y 2022, pasando de 87 877 a 129 065 casos registrados por la Policía Nacional en el año 2022. 

Cabe precisar que el Ministerio del Interior es la institución que conducirá el Sistema contra el Crimen Organizado, disponiendo para ello la creación de una Comisión Multisectorial de carácter permanente denominada Consejo Nacional contra el Crimen Organizado, con el objeto de realizar propuestas en materia de lucha contra la criminalidad organizada nacional e internacional.

El referido decreto modifica también diversos artículos para incorporar delitos aduaneros y delitos contra los derechos intelectuales, a fin de reforzar medidas de prevención, control e investigación, con énfasis en acciones de seguimiento y vigilancia, en el Sistema de Control Reforzado de Internos de Criminalidad Organizada (SISCRICO) y en actos de cooperación o asistencia internacional. 

Asimismo, esta norma incorpora al Código Penal el artículo 23-A, el cual determina la aplicación de la pena restrictiva de libertad como pena accesoria, en los casos de expulsión de extranjeros que hayan cometido algún delito.

El decreto introduce además una disposición que faculta a la Policía Nacional aplicar medidas sobre la interdicción de la minería ilegal. Esto cuando advierta el desarrollo de esta actividad, para lo cual brindará un plazo para que los titulares de las inscripciones del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), que se encuentren suspendidas por más de un año, cumplan con levantar dicha suspensión.