Contraloría: incumplimiento de contrato de concesión en Aeropuerto de Juliaca generó perjuicio por más de US$ 1 millón

La Contraloría también evidenció que OSITRAN, CORPAC y unidades orgánicas del MTC incumplieron los plazos y el procedimiento establecido en el Contrato de Concesión para emitir su opinión o pronunciamiento sobre el Estudio Definitivo de Ingeniería (EDI) para la ejecución de la obra nueva “Rehabilitación de los pavimentos del lado aire del aeropuerto de Juliaca”. Cabe señalar que, a pesar que transcurrieron 11 años desde que se emitió la instrucción para elaborarlo, dicha obra nueva aún no ha sido ejecutada.
La Auditoría de Cumplimiento también advirtió otros aspectos relevantes identificados durante el control posterior, como por ejemplo, la postergación hasta el año 2035 de las obras necesarias para que el Aeropuerto de Juliaca cuente con el ancho de la franja de la pista y las áreas de seguridad de extremo de pista, conforme a la regulación aeronáutica del Perú, lo cual no solo es requerido para la obtención de la certificación de dicho aeropuerto emitida por la DGAC, sino también para garantizar la seguridad operacional del mismo. La propia DGAC ha señalado que existen riesgos para las aeronaves que efectúen un aterrizaje demasiado corto o largo, situación que pone en riesgo a los usuarios de la concesión; sin embargo, tampoco ha cautelado que el concesionario presente un Estudio de Seguridad Operacional del aeropuerto de Juliaca.

La Contraloría General identificó un perjuicio económico al Estado por más de US$ 1 millón 130 mil ocasionado por el incumplimiento del Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional Inca Manco Cápac de la ciudad de Juliaca (Puno), debido a pagos realizados al concesionario por el mantenimiento rutinario del pavimento, pintura y drenaje de la pista de aterrizaje durante 11 años (2011 al 2022), pese a que no se ejecutó de acuerdo al citado contrato, y por la inaplicación de penalidades y sanciones.

Asimismo, se identificó que no obstante existía la decisión de llevar a cabo la obra de rehabilitación del Lado Aire desde el año 2012 debido al estado crítico de la pista de aterrizaje, la misma no se ha ejecutado hasta la fecha, situación que no ha permitido solucionar esta problemática que representa un riesgo para el descenso de aeronaves y la seguridad operacional del terminal aéreo y de los pasajeros que utilizan el aeropuerto de la ciudad de Juliaca.

De acuerdo al Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 21972-2023-CG/APP-AC (Periodo de evaluación del 05.01.2011 al 31.12.2022) por el primer hecho observado existe la presunta responsabilidad civil y administrativa de 12 funcionarios del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) mientras que por el segundo hecho existe la presunta responsabilidad administrativa de 5 funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, 3 funcionarios del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) y 1 funcionario de laCorporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC).

En ambos casos se detectó la falta de diligencia de los funcionarios y servidores involucrados tanto en la revisión y aprobación de los planes de mantenimiento de la pista de aterrizaje que incumplían la frecuencia establecida en el Contrato de Concesión, y por el incumplimiento de los plazos para emitir pronunciamiento sobre el expediente técnico de la obra de rehabilitación.

Como se conoce, el mencionado el Aeropuerto Internacional de Juliaca forma parte del segundo grupo de aeropuertos de provincia concesionados en enero de 2011 por un plazo de 25 años. El concesionario se comprometió al diseño y construcción de mejoras, conservación y mantenimiento de la infraestructura aeroportuaria, con una inversión de US$ 311 742 231 para la ejecución de obras en los terminales aéreos comprendidos.

Beneficio indebido – Perjuicio económico

El informe de auditoría señala que OSITRAN, como ente regulador, no cauteló que los planes de mantenimiento rutinario del aeropuerto de Juliaca contemplen la ejecución del mantenimiento del pavimento, pintura y drenaje de la pista de aterrizaje de manera mensual, como establece el apéndice 3 del anexo 8 del Contrato de Concesión, ocasionando que el concesionario ejecute dicho mantenimiento con una frecuencia menor a la establecida contractualmente.

La falta de diligencia de los funcionarios permitió que, pese a que incumplió la periodicidad del mantenimiento del pavimento, pintura y drenaje establecida en el mencionado contrato, durante 11 años (2011-2022) el concesionario perciba -con la aprobación del ente regulador- el íntegro del Pago Anual por Mantenimiento y Operación (PAMO) por aproximadamente US$ 221 294, de los cuales US$ 210 870 se pagaron con la tarifa cobrada a los usuarios, lo que constituye un beneficio indebido, y US$ 10 424 se pagaron con recursos públicos, lo que constituye un perjuicio económico.

Se evidenció que los Planes Anuales de Mantenimiento (PAM), que incluyeron la programación del mantenimiento rutinario del pavimento, pintura y drenaje de la pista de aterrizaje del aeropuerto de Juliaca, fueron aprobados por OSITRAN aun cuando se incumplía la periodicidad mensual señalada por el Contrato de Concesión.

Asimismo, la actuación del OSITRAN impidió que se le aplique al concesionario penalidades y sanciones por la inejecución del referido mantenimiento rutinario en la periodicidad establecida en el contrato de concesión, generando además otro perjuicio económico al Estado por un monto estimado de US$ 1 121 741 al otorgar la conformidad a un plan que incumplía con el citado contrato.

Cabe recordar que, en julio de 2022, la Contraloría General alertó a OSITRAN de esta situación de incumplimiento de la periodicidad en la programación y ejecución del mantenimiento rutinario de la pista de aterrizaje durante el periodo 2018-2022. (Informe de Orientación de Oficio N° 4062-2022-CG/APP-SOO). Recién para febrero de 2023, OSITRAN dio la conformidad al PAM 2023 presentado por el concesionario en el cual se programa las actividades de mantenimiento de acuerdo al Contrato de Concesión.