El Pleno del Congreso aprobó por insistencia la ley que promueve la formalización y fortalecimiento del modelo de negocio de los vehículos gastronómicos, conocidos como food trucks. La decisión obtuvo un amplio respaldo: 83 votos a favor, 5 en contra y 14 abstenciones, consolidando un nuevo marco legal que había sido observado por el Poder Ejecutivo.
La autógrafa aprobada se sustenta en el Proyecto de Ley 3692/2022-CR, presentado originalmente por el fallecido congresista Hernando Guerra García Campos (Fuerza Popular). La norma busca establecer reglas claras para la operación, certificación vehicular y requisitos municipales que permitan ordenar esta actividad que ha crecido de manera acelerada en los últimos años.
Una ley que vuelve al Pleno pese a las observaciones del Ejecutivo
La iniciativa había sido aprobada por el Pleno el 5 de junio de 2025, pero fue observada por el Ejecutivo el 20 de agosto, señalando posibles afectaciones a la autonomía municipal y al proceso de descentralización.
Durante el debate, el presidente de la Comisión de Producción, MYPE y Cooperativas, Raúl Huamán Coronado (Fuerza Popular), respondió una por una las observaciones, asegurando que la norma no invade competencias municipales, sino que establece un marco general para promover la formalización y garantizar condiciones mínimas de salubridad.
“El objetivo es crear un entorno seguro y ordenado para estos negocios emergentes, sin alterar la autonomía de los gobiernos locales”, sostuvo el legislador. Con ese argumento, el Pleno optó por aprobar la norma en los mismos términos, utilizando la figura constitucional de la insistencia legislativa.
Ejes principales de la ley: certificación vehicular y control municipal
La norma aprobada contiene cinco artículos que establecen las competencias de diferentes entidades para regular la actividad.
Uno de los puntos centrales es que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) tendrá la responsabilidad de certificar los vehículos gastronómicos, específicamente su acondicionamiento, revisión técnica y cumplimiento de estándares de seguridad y salubridad.
Esto implica que los food trucks deberán pasar por un proceso de certificación vehicular similar al de unidades móviles especiales, ajustándose a directivas del MTC orientadas a garantizar que el equipamiento interno —como cocinas, instalaciones de gas y sistemas eléctricos— cumpla los requisitos necesarios.
A partir de esa certificación, serán los gobiernos locales los encargados de otorgar las autorizaciones municipales para operar en los espacios públicos de su jurisdicción. La ley establece como condición indispensable que el vehículo cuente previamente con la certificación otorgada por el MTC.
Objetivo: formalización y estándares de salubridad
El dictamen enfatiza que el crecimiento del rubro de los vehículos gastronómicos requiere un marco regulatorio que permita ordenar la actividad, evitar riesgos sanitarios y promover la inclusión económica de miles de emprendedores.
Huamán Coronado aseguró que la norma busca garantizar que la preparación y venta de alimentos en la vía pública se realice bajo estándares mínimos de higiene, evitando improvisaciones que puedan poner en riesgo la salud pública.
Además, se plantea que la formalización permitirá a los operadores acceder a licencias, permisos, servicios municipales y eventuales incentivos, promoviendo la expansión del sector gastronómico a través de modelos de negocio modernos.
Un sector en expansión y con vacíos normativos
El crecimiento de los food trucks en los últimos años ha generado debate sobre el uso del espacio público, las condiciones de operación, el manejo de residuos y la competencia con establecimientos formales. Hasta ahora, la regulación recaía casi exclusivamente en ordenanzas municipales, lo que generaba diferencias entre distritos y vacíos legales.
Con esta ley, el Congreso busca establecer un marco base nacional que permita uniformizar requisitos y fortalecer la fiscalización. Sin embargo, algunos sectores sostienen que la norma todavía deja preguntas abiertas sobre el control en zonas saturadas, la convivencia con comercios fijos y la capacidad de fiscalización de los municipios.
La promulgación por insistencia implica que la ley entrará en vigor sin necesidad de ser aprobada por el Ejecutivo, lo que abre un nuevo escenario para el ordenamiento de la actividad.