Congreso aprueba nueva regulación para revisores urbanos en obras y edificaciones

Nueva ley busca garantizar meritocracia y control técnico en habilitaciones urbanas.

por Edgar Mandujano

Con una votación mayoritaria, la Comisión Permanente del Congreso dio luz verde en primera votación al Proyecto de Ley N° 10405/2024-CR, que propone regular el rol del revisor urbano en los procedimientos de habilitación urbana y edificación. Esta medida busca fortalecer el control técnico, asegurar la meritocracia profesional y dotar de autonomía a estos especialistas clave en el desarrollo urbano del país.

La norma modificará diversos artículos de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, con el objetivo de establecer reglas claras para la inscripción, evaluación, y supervisión de los revisores urbanos, quienes son responsables de emitir los informes técnicos favorables que validan los proyectos inmobiliarios antes de su aprobación por las municipalidades.


¿Quiénes controlarán a los revisores urbanos?

Uno de los ejes centrales del proyecto es que los colegios profesionales de arquitectos e ingenieros asuman el control integral sobre estos especialistas. Según explicó la presidenta de la Comisión de Vivienda, Rosselli Amuruz Dulanto (Avanza País), estas entidades serán responsables de capacitar, certificar, inscribir, recategorizar y, si corresponde, cancelar la inscripción de los revisores urbanos.

Este nuevo enfoque garantiza que el ejercicio profesional de los revisores se dé bajo estándares técnicos y éticos, con una fuerte base de responsabilidad gremial y un enfoque de servicio a la ciudadanía.


¿Cómo se asegurará la transparencia y meritocracia?

Para evitar designaciones arbitrarias, el proyecto plantea que el acceso al registro de revisores urbanos se realice mediante concursos públicos, priorizando la meritocracia. Este mecanismo busca garantizar que solo profesionales altamente capacitados y con experiencia técnica puedan desempeñar estas funciones críticas para la seguridad de las construcciones y el ordenamiento urbano.

Además, se propone la creación de un órgano técnico revisor, que tendrá la tarea de validar informes técnicos favorables, revisar el correcto proceder de los revisores, aplicar sanciones si corresponde y resolver recursos administrativos relacionados a los proyectos.


¿Qué cambia con esta nueva ley?

Los principales cambios propuestos en el dictamen aprobado modifican los artículos 4.6, 4.9, 4.10 y 4.12 e incorporan el nuevo artículo 4.13 de la Ley 29090. Entre las novedades más importantes se encuentran:

  • Requisitos y limitaciones para los revisores, así como el contenido mínimo de los informes técnicos favorables.
  • Registro nacional de revisores urbanos a cargo de los colegios profesionales, con posibilidad de fiscalización por parte de las municipalidades.
  • Se retira la potestad sancionadora al Ministerio de Vivienda, transfiriéndola al órgano técnico revisor.
  • Se introducen nuevas responsabilidades gremiales y mecanismos para la revisión posterior y nulidad de actos administrativos mal emitidos.

Con este marco legal, se espera evitar irregularidades técnicas en la aprobación de proyectos, asegurar un entorno urbano más seguro y mejorar el desempeño profesional dentro del sector construcción.


¿Qué sigue ahora?

Aunque la propuesta ha sido aprobada en primera votación, aún requiere una segunda aprobación para su promulgación. En tanto, diversos actores del sector, incluyendo municipalidades, colegios profesionales y empresas inmobiliarias, se preparan para la eventual implementación de este nuevo esquema regulatorio.

La congresista Rosselli Amuruz ha subrayado que este dictamen tiene como meta final fortalecer la institucionalidad del sistema de revisores, garantizar la calidad técnica en las obras y proteger a los ciudadanos frente a proyectos que no cumplen con los estándares exigidos por ley.

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