Código Penal sancionará manipulación de resultados deportivos
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó por unanimidad el dictamen que modifica el Código Penal, incorporando el delito de fraude o manipulación de resultados en competencias deportivas oficiales. La decisión refuerza la lucha contra prácticas que atentan contra la ética deportiva y la confianza pública.
El proyecto, surgido de varias iniciativas legislativas, define penas de cuatro a ocho años de prisión e inhabilitación para deportistas, entrenadores, dirigentes y cualquier persona vinculada a la alteración de resultados, especialmente cuando se relacione con apuestas deportivas, crimen organizado o lavado de activos.
El presidente de la comisión, Flavio Cruz Mamani, indicó que la medida responde a observaciones del Poder Ejecutivo sobre la definición de competencias deportivas oficiales y la responsabilidad de las personas jurídicas, incorporando agravantes específicas.
Reforma en designación de jueces y fiscales provisionales
En paralelo, la comisión aprobó con modificaciones un dictamen que reforma la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (Ley 30916), con el objetivo de garantizar un proceso meritocrático, transparente y eficiente para la designación de jueces y fiscales provisionales o supernumerarios.
La propuesta establece la creación de un Registro Nacional Único de Magistrados Provisionales, asegurando trazabilidad, publicidad y transparencia en las designaciones. Asimismo, contempla un periodo de transición para transferir competencias sin afectar la continuidad del sistema judicial.
Los congresistas Waldemar Cerrón y Martha Moyano respaldaron la iniciativa, resaltando que estas modificaciones fortalecen la independencia de la Corte Suprema y consolidan la eficiencia en la administración de justicia.
Ejecución coactiva más ágil para ciudadanos y empresas
La Comisión también aprobó cambios a la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva (Ley 26979) para agilizar el levantamiento de medidas cautelares de embargo. Una vez cancelada la deuda o aprobado su fraccionamiento, los ejecutores coactivos deberán emitir la resolución en 24 horas, mientras que las entidades bancarias deberán liberar las cuentas el mismo día o al siguiente hábil.
El congresista Juan Carlos Lizarzaburu, autor de la iniciativa, explicó que estas modificaciones buscan dinamizar la economía, reducir trabas administrativas y corregir prácticas abusivas que afectan a ciudadanos y empresas.