¿Cómo obtener el descuento del 90% | Pasos y multas que sí califican

El Gobierno aprobó un régimen excepcional que permite reducir en 90% determinadas multas de tránsito y transporte. El beneficio es voluntario y se activa con el pago del monto reducido, pero no todas las infracciones están incluidas. Conoce qué papeletas pueden acogerse, cuánto tiempo tienes y qué debes hacer si tu multa está en cobranza coactiva.

por Fiorella
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¿Todos pueden acceder al descuento en multas? El Gobierno aprobó un régimen excepcional que permite acceder a un descuento del 90% en papeletas por determinadas infracciones de tránsito y transporte terrestre. La medida está contenida en el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC, publicado en el diario oficial El Peruano el 26 de agosto de 2026.

La principal novedad es que el beneficio no está limitado únicamente a las multas que todavía están en trámite. El decreto establece que también pueden acogerse determinadas sanciones firmes, impugnadas o que se encuentren en ejecución coactiva. Sin embargo, existen infracciones expresamente excluidas y, dependiendo de la situación de la multa, puede ser necesario realizar un trámite adicional.

¿Qué pasos debo seguir para obtener el descuento del 90% en mis papeletas?

El primer paso es identificar la multa y verificar que corresponda a una infracción comprendida dentro del régimen excepcional. El beneficio alcanza multas vinculadas al Reglamento Nacional de Administración de Transporte, al Reglamento Nacional de Tránsito, a las normas sobre servicios públicos de transporte de competencia de la ATU y a determinadas ordenanzas de las municipalidades provinciales.

Después, el conductor o administrado deberá verificar el monto pendiente de pago con la reducción correspondiente. El decreto señala que las autoridades encargadas deben adecuar sus sistemas para permitir determinar el nuevo monto y efectuar el pago. Por ello, el procedimiento operativo concreto dependerá de la entidad competente y de la plataforma o mecanismo que esta habilite.

Una vez identificado el monto, el acogimiento al beneficio es voluntario y se produce con el solo pago de la multa ya reducida. No se establece en el decreto un formulario general adicional para solicitar el beneficio: el pago es el mecanismo mediante el cual el administrado se acoge al régimen.

Por ejemplo, si una multa comprendida en el régimen tiene un monto de S/1.000, una reducción del 90% dejaría un saldo de S/100. Si la multa fuera de S/500, el monto reducido sería S/50. La cifra final, en cada caso, dependerá del saldo que corresponda pagar y de que la infracción efectivamente esté comprendida en el beneficio.

Además, una vez realizado el pago, la autoridad competente deberá disponer la conclusión y archivo del procedimiento sancionador o de ejecución coactiva, según corresponda. El archivo también comprende las costas y gastos del procedimiento de cobranza coactiva, de acuerdo con las condiciones establecidas en el decreto.

¿Qué pasa si mi papeleta ya está en cobranza coactiva?

Aquí hay una consideración importante para quienes tienen deudas antiguas. El descuento del 90% en papeletas también puede aplicarse cuando la multa se encuentra en ejecución coactiva.

Si ya se realizó un pago parcial o la deuda fue ejecutada parcialmente, la reducción se aplica sobre el saldo pendiente de pago, no sobre el monto que ya fue cancelado.

Por ejemplo, si originalmente debías S/1.000, pero ya pagaste S/200 y tienes S/800 pendientes, la reducción se aplicaría al saldo de S/800, siempre que la infracción sea elegible. En ese supuesto, el monto resultante sería S/80.

Pero hay otro detalle que debes tomar en cuenta. Si presentaste un recurso administrativo contra la resolución que impuso la multa, el decreto exige que presentes el desistimiento de dicho recurso. Y si existe un proceso contencioso-administrativo ante el Poder Judicial, se debe presentar una copia simple del cargo de la solicitud de desistimiento del proceso y de la pretensión, donde figure el número del expediente judicial.

¿Cuánto tiempo tengo y qué multas están excluidas?

El plazo depende del tipo de infracción. Para las multas por infracciones de tránsito, el régimen excepcional tiene una vigencia de 90 días calendario. En el caso de las multas por infracciones de transporte, el plazo es de 180 días calendario.

El descuento del 90% en papeletas puede alcanzar multas que estén pendientes de iniciar un procedimiento administrativo sancionador, que se encuentren en trámite, que ya sean firmes, que hayan sido impugnadas o que estén en ejecución coactiva. También comprende las multas impuestas durante la vigencia del propio régimen.

Pero no todas las papeletas tendrán descuento. El decreto excluye determinadas infracciones identificadas con los códigos F.1, F.7 y T.3 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, así como M.1, M.2, M.3, M.4, M.20.C, M.27, M.28, M.37, M.38 y M.39 del Reglamento Nacional de Tránsito. También quedan fuera infracciones vinculadas con informalidad, agresión a inspectores y accidentes de tránsito en las normas de competencia de la ATU y en ordenanzas municipales.

Otro punto favorable para los conductores es que las sanciones que sean archivadas bajo este régimen no generarán ni mantendrán efectos de acumulación de puntos en la licencia de conducir, ni serán consideradas para determinar reincidencia o habitualidad.

En resumen, para conseguir el descuento del 90% en papeletas, el conductor debe primero comprobar que su infracción no esté entre las excluidas, verificar el saldo con la reducción aplicada y realizar el pago correspondiente dentro del plazo. Si existe una impugnación o un proceso judicial, deberá cumplir además con los requisitos de desistimiento establecidos por el decreto. Las autoridades deberán habilitar y adecuar sus sistemas para hacer efectivo el beneficio.

Meta description: ¿Tienes papeletas pendientes? Conoce cómo acceder al descuento del 90% en multas de tránsito y transporte, los plazos, requisitos y sanciones excluidas.

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