Comisión de Trabajo establece cuota obligatoria de mujeres en régimen de construcción civil

La norma tiene como finalidad promover una representación de un 20% de mujeres dentro del Régimen de Construcción Civil en salvaguarda de los derechos fundamentales asociados con la igualdad, la dignidad, el libre desarrollo personal y el bienestar.
Asimismo, se prohíbe la discriminación basada en el sexo y se busca fomentar la equidad en todos los aspectos relacionados, contribuyendo así a construir una sociedad más democrática, igualitaria y cohesionada.

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, aprobó, con voto dirimente, el dictamen del Proyecto de Ley 6554/2023-CR, que establece la cuota mínima obligatoria de mujeres en el régimen de construcción civil.

El congresista Segundo Quiroz Barboza (BM), autor de la propuesta, indicó que es indispensable adoptar medidas para aumentar su inclusión en el mundo del trabajo de las mujeres, con condiciones laborales adecuadas y especialmente en aquellos sectores de la economía en que han estado tradicionalmente excluidas.

“Las brechas de género existentes ponen a muchas mujeres en desventaja, por ejemplo, se encuentran forzadas a realizar trabajos o cuidados en peores condiciones y menos remunerados que en la industria o la construcción, lo que afecta de manera desproporcionada a las mujeres en estado vulnerable”.

El grupo de trabajo presidido por el legislador Pasión Dávila Atanacio (BM), también aprobó el Proyecto de Ley 5440/2022-CR, que propone modificar los artículos 10 y 11 de la Ley 26790, a fin de mejorar la cobertura de salud a favor de trabajadores de construcción civil.

Es decir, en caso de trabajadores o trabajadoras de Construcción Civil y de sus derechohabientes, tienen derecho a la cobertura a las prestaciones del Seguro Social de Salud, siempre que cuenten con un mes de aportación y se encuentre vigente la renovación de su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil-RETCC.