Comisión de Salud aprobó por insistencia autógrafa de ley que incorpora a peruanos residentes en el exterior al SIS

La autógrafa de ley detalla que los peruanos residentes en el exterior, cuando se encuentren en territorio nacional, y no cuenten con ningún otro tipo de seguro vigente, dispongan de un seguro de salud que les permita acceder a un conjunto de prestaciones.
Cabe precisar que la ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025. Foto Referencial.

La Comisión de Salud y Población, aprobó por unanimidad con 11 votos insistir en la autógrafa de ley que propone incorporar al Seguro Integral de Salud (SIS) a los peruanos residentes en el exterior, durante su tercera sesión extraordinaria descentralizada en la región Piura.

Como se sabe la iniciativa legislativa fue aprobada durante la sesión plenaria del 14 de diciembre 2023; su Autógrafa de Ley se envió al Ejecutivo el 22 de diciembre siguiente; y fue observada por este poder del Estado el 2 de enero del 2024.

La propuesta legal propone, puntualmente, la Ley que modifica la Ley 29344, Ley marco de aseguramiento universal en salud para incorporar al Seguro Integral de Salud (SIS) a los peruanos residentes en el exterior, y se sustenta en el Proyecto de Ley 4091/2022.

De acuerdo con la exposición sustentaría, el dictamen de insistencia responde a cuatro aspectos contenidos en la observación gubernamental; como, por ejemplo, la existencia de disposiciones vigentes con la misma finalidad; y responde a cada de uno de esos aspectos con propiedad.

La autógrafa contiene un artículo único, que modifica el artículo 3 de la Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.

Allí, se detalla que los peruanos residentes en el exterior, cuando se encuentren en territorio nacional, y no cuenten con ningún otro tipo de seguro vigente, dispongan de un seguro de salud que les permita acceder a un conjunto de prestaciones, “en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) y los planes complementarios”.

El dictamen de insistencia, en su segunda Disposición Complementaria Final, sostiene que la presente ley entrará en vigor el 1 de enero de 2025.