Aprueban ley que facilita el acceso a medicamentos registrados en países de alta vigilancia sanitaria

La norma plantea que estos productos recibirán la aprobación automática con la sola presentación del certificado que acredite su registro en el país de alta vigilancia sanitaria y del certificado de libre comercialización.

por Edgar Mandujano

La Representación Nacional aprobó el dictamen que establece medidas para facilitar el acceso a medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos registrados en países de alta vigilancia sanitaria destinados al tratamiento de enfermedades raras o huérfanas y cánceres de bajo y de alto costo, con el fin de fortalecer el acceso oportuno, de calidad y equitativo a estos, y garantizar el derecho fundamental a la salud y a la vida de toda persona.

El texto sustitutorio aprobado contiene cinco artículos donde exonera la aplicación de lo dispuesto en los artículos 8, 10 y 11 de la Ley 29459, Ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios.

Además, establece los requisitos para la aplicación de las medidas para facilitar la inscripción y reinscripción en el Registro Sanitario y el silencio administrativo positivo.

Como parte de sus disposiciones complementarias finales, declara de interés nacional el fortalecimiento y la modernización de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), a fin de promover su funcionamiento con altos estándares internacionales, al nivel de los países de alta vigilancia sanitaria.

La parlamentaria Nelcy Heidinger Ballesteros (APP), estuvo a cargo de sustentar la propuesta identificando como un grave problema público, el limitado acceso a medicamentos y dispositivos a causa del alto costo y la escasez de los mismos, por la demora en la inscripción y reinscripción del registro sanitario a cargo de Digemid.

Por su parte, el congresista Ernesto Bustamante Donayre (FP), -autor de una de las propuestas de ley- agregó que el ingreso de estos productos se dará de manera inmediata, “simplemente exigiendo al que pretenda traerlos al Perú, que muestre la aprobación por una entidad sanitaria de un país de alta vigilancia farmacológica y además que presente un certificado de libre comercialización”.

El dictamen también fue exonerado de segunda votación por el Pleno del Congreso con 91 votos a favor.

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