El Ejecutivo oficializó el aguinaldo por Fiestas Patrias 2025, que será entregado en la planilla del mes de julio a trabajadores del sector público, miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, pensionistas de diversos regímenes y estudiantes de Medicina y Odontología que realizan su internado. El monto será de S/ 300 para servidores activos y pensionistas, y de S/ 100 para los internos de salud, de acuerdo al Decreto Supremo N.º 139-2025-EF publicado en el diario El Peruano.
Este beneficio económico será otorgado a funcionarios, docentes, personal de salud, obreros del Estado, trabajadores bajo régimen CAS, y servidores de las leyes N.º 276, N.º 29944, N.º 30512 y N.º 30220. También lo recibirán los pensionistas de los regímenes 15117, 19846, 20530, 28091 y del Decreto Supremo N.º 051-88-PCM. Para los servidores con jornadas incompletas, el aguinaldo será entregado de forma proporcional al tiempo trabajado.
Los requisitos para acceder al aguinaldo son: estar laborando al 30 de junio de 2025 (o estar con vacaciones, licencia con goce de haber, o recibiendo subsidios por salud) y tener una antigüedad mínima de tres meses en el cargo. Quienes no cumplan con el tiempo completo recibirán el beneficio de manera proporcional a los días efectivamente laborados. La norma establece además que este pago se realiza con cargo al presupuesto institucional vigente de cada entidad, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.
Es importante señalar que los trabajadores del Estado bajo régimen privado —como aquellos en empresas públicas o estatales sujetas a la Ley de Productividad y Competitividad Laboral— no recibirán aguinaldo, ya que les corresponde la gratificación de julio, equivalente a un sueldo íntegro. Esta diferencia marca un punto clave en el tipo de beneficios que recibe cada grupo de trabajadores según su régimen laboral.