LIMA. El presidente del Congreso de la República, Alejandro Soto Reyes (APP), sorprendió ayer, miércoles 10 de enero, a varias organizaciones indígenas, ambientalistas, políticos y especialistas vinculados a temas ambientales, al firmar y enviar al despacho presidencial la autógrafa del dictamen de insistencia que modifica la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (29763).
Este dictamen, con texto sustitutorio, fue aprobado por el Pleno el 14 de diciembre de 2023, un día antes del cierre de la primera legislatura 2023-24, y acumula los proyectos de ley 649, 894 y 2315/2021-CR. Pasada la medianoche de hoy, jueves 11 de enero, la norma —ahora Ley N° 31973— salió publicada en el diario oficial El Peruano y entrará en vigencia a partir de este viernes 12 de enero.
Polémica por accionar del presidente del Congreso sobre Ley Forestal
Sin embargo, tal y como aparecía en el sistema de la página del Congreso de la República, hasta la 13:20 horas de ayer, aproximadamente, su aplicación se encontraba temporalmente suspendida mientras no se resolvieran los dos pedidos de reconsideración al voto, presentados por las congresistas Ruth Luque y Susel Paredes (Cambio Democrático-Juntos por el Perú). La votación debió realizarse en la próxima sesión del Pleno del Congreso, en marzo.
La solicitud de Luque para revisar la votación que aprobó las modificaciones a la Ley forestal fue presentada el 15 de diciembre de 2023, según figura en el documento y en el cual aparece como admitido a trámite el 19 de ese mes. En el caso de su colega de bancada, Susel Paredes, su pedido también fue recibido ese mismo día. Los cambios a la legislación ambiental han recibido críticas y oposición de diversos sectores, porque legalizaría y promovería la deforestación en la Amazonía.
¿Violación al procedimiento?
Para la congresista Luque, la actuación de Alejandro Soto “es una vulneración o violación al procedimiento parlamentario”, así como una falta de transparencia al haberse eliminado del sistema las reconsideraciones. En ese contexto, cuestionó las intenciones del legislador de APP y afirmó que “el presidente del Congreso tiene que dar explicaciones”.
“Si querían rechazar las reconsideraciones, desde un inicio no deberían haberlas recibido. En todo caso, debieron responderme: ‘Congresista, su reconsideración no procede. […] El señor Alejandro Soto ha decidido zurrarse en el Reglamento del Congreso y no respetar el procedimiento que establece cuando se trata de reconsideraciones estas se votan. Lo que él ha hecho es, además, eliminar negligentemente las reconsideraciones del sistema e imponer modificaciones a una Ley de las que había muchas dudas“, declaró Ruth Luque a Inforegión.
¿Qué señala el Reglamento del Congreso?
En el artículo 58, se establece que “no se puede presentar reconsideraciones después de aprobada el acta o de la dispensa de dicha aprobación”. La dispensa de aprobación del acta se habría dado después de la votación de la norma que modifica la Ley forestal y de fauna silvestre, por lo que las reconsideraciones posteriores se considerarían fuera de plazo.
Las congresistas debieron hacer la solicitud por escrito en ese mismo momento. Así lo señaló una fuente de Inforegión y ex colaborador del Congreso, quien expresó que la admisión a trámite de las solicitudes de Luque y Paredes debió tratarse de un error de administración. Cabe indicar que, a la fecha, el acta del Pleno del 14 de diciembre no se encuentra publicado en el portal del Congreso.
Por otro lado, es importante precisar que el inciso “b” del artículo 54 del Reglamento del Congreso establece que al inicio de las sesiones del Pleno, el presidente pone a consideración el acta de la sesión anterior, la cual ha sido revisada previamente por los congresistas. Si no hay objeciones, se aprueba. No obstante, se ha vuelto habitual solicitar la dispensa de la aprobación del acta —práctica que debería ser excepcional— limitando la facultad del o la congresista para presentar por escrito una solicitud de reconsideración.
Para Willy Zabarburú, exasesor parlamentario, existen dos interpretaciones en este caso específico. La primera es que no se culminó el proceso administrativo y Soto Reyes cometió un acto irregular al enviar la reforma de la Ley forestal para su publicación. Por tanto, es ilegal. La segunda, en línea con quienes defienden la norma, las reconsideraciones fueron extemporáneas y el presidente del Parlamento obró correctamente.
Luque Ibarra indicó que un camino para revertir lo hecho por Soto es una demanda por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) por haberse afectado el debido procedimiento. Esta demanda puede ser presentada desde el Congreso, para lo cual se necesita las firmas de 33 parlamentarios; o por un colegio profesional o un grupo que siente que está siendo afectado por la normativa.