TC ordena que el Estado se abstenga de exenciones penales en formalización minera

El Tribunal Constitucional establece límites en la formalización minera y exige reformas al marco normativo.

por Edgar Mandujano

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda presentada por el Colegio de Abogados de Loreto contra la Ley 31388, que prorroga el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO). A pesar de este fallo, el TC dispuso que el Estado se abstenga de incluir en futuras normativas una exención de responsabilidades penales, civiles o administrativas en relación con delitos ambientales durante el proceso de formalización minera.

El tribunal fundamentó su decisión en la necesidad de garantizar un medio ambiente equilibrado, una obligación constitucional del Estado. Esta disposición se extiende a cualquier régimen de formalización minera y a las políticas públicas relacionadas, subrayando que la exoneración de responsabilidades penales sería incompatible con el deber estatal de proteger el medio ambiente y la salud de la población.

El TC también instó al Congreso y al Poder Ejecutivo a desarrollar un plan orientado a la formalización efectiva de la minería artesanal y de pequeña escala (MAPE). En este plan, se debe involucrar a mineros, concesionarios y comunidades para crear un sistema más adecuado, evitando los problemas asociados a la minería ilegal y reduciendo los impactos negativos en el entorno.

Aunque se han logrado algunos avances en la formalización de la MAPE, el TC advirtió que estos son insuficientes y que, de no abordarse adecuadamente, los problemas pueden agravarse. Esto podría tener repercusiones en la salud pública, el medio ambiente y la gobernabilidad, además de reducir los ingresos fiscales derivados de esta actividad minera.

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