El Gobierno aprobó la implementación de la comparecencia remota ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), una medida que permitirá a contribuyentes y terceros atender citaciones de fiscalización sin necesidad de acudir físicamente a las oficinas de la entidad. La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 303-2025-EF, publicado en el diario oficial El Peruano.
La norma se enmarca en la política de modernización del Estado y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reducir costos operativos y agilizar los procedimientos administrativos, especialmente para personas y empresas ubicadas fuera de Lima o en zonas alejadas del país.
Comparecencia virtual en procesos de fiscalización
De acuerdo con el decreto supremo, la Sunat podrá requerir la comparecencia de los contribuyentes o de terceros involucrados en un procedimiento de fiscalización a través de medios virtuales. La citación deberá especificar de manera expresa la fecha, la hora y el medio digital por el cual se realizará la sesión.
Esta modalidad elimina la obligación de asistir de manera presencial, lo que representa un cambio relevante en la forma en que se desarrollan las actuaciones administrativas vinculadas al control tributario. Según el Ejecutivo, la comparecencia remota permitirá una interacción más eficiente entre la administración tributaria y los sujetos fiscalizados.
Requisitos técnicos para los contribuyentes
Para participar en una comparecencia remota, el sujeto citado deberá contar con un dispositivo que permita el uso de audio y cámara de video, así como una conexión estable a internet. Además, será obligatorio descargar el aplicativo o plataforma de comunicación que determine la Sunat para la realización de la videoconferencia.
La norma precisa que el contribuyente o su representante legal deberá garantizar las condiciones mínimas para el correcto desarrollo de la diligencia virtual, a fin de que esta tenga plena validez dentro del procedimiento de fiscalización.
Posibilidad de solicitar comparecencia presencial
El decreto también contempla la posibilidad de solicitar el cambio de una comparecencia remota a una presencial. Esta solicitud podrá presentarse cuando el contribuyente se encuentre en una zona geográfica con baja o nula conectividad a internet, o cuando existan razones debidamente justificadas que hagan inviable la modalidad virtual.
En estos casos, será la Sunat la encargada de evaluar la solicitud y determinar si corresponde autorizar el cambio de modalidad, así como definir la oficina donde se llevará a cabo la diligencia presencial. La decisión quedará a criterio de la autoridad tributaria, previa verificación de las condiciones alegadas.
Mayor eficiencia en la gestión tributaria
Desde el Ejecutivo se señala que la comparecencia remota contribuirá a mejorar la eficiencia y agilidad de los procedimientos tanto para la Sunat como para los contribuyentes. La medida permitirá reducir los tiempos de programación de diligencias, minimizar desplazamientos y optimizar el uso de recursos logísticos.
Este cambio resulta especialmente relevante en un país con marcadas brechas territoriales, donde muchos contribuyentes deben trasladarse largas distancias para atender citaciones administrativas. La virtualización del proceso busca cerrar esas brechas y facilitar el acceso a los servicios del Estado.
Acceso remoto a sistemas contables
El Decreto Supremo N.° 303-2025-EF incorpora además una disposición clave en materia de fiscalización: la regulación del acceso remoto de la Sunat a los sistemas electrónicos donde los sujetos fiscalizados registran sus operaciones contables.
Este acceso se realizará mediante el otorgamiento de un “perfil de acceso”, que permitirá al agente fiscalizador revisar la información necesaria para el desarrollo del proceso de control. La medida apunta a fortalecer las capacidades de supervisión de la administración tributaria, manteniendo los estándares de seguridad y confidencialidad de la información.
Un paso en la digitalización del Estado
La implementación de la comparecencia remota ante la Sunat se suma a otras iniciativas orientadas a la digitalización de los servicios públicos y al fortalecimiento de la fiscalización tributaria. El Ejecutivo sostiene que esta herramienta permitirá un mejor equilibrio entre el control efectivo y la facilitación del cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
Con esta norma, el Estado busca modernizar su relación con los contribuyentes y avanzar hacia un modelo de administración tributaria más ágil, accesible y acorde con el uso de tecnologías digitales, en un contexto donde la recaudación y la formalización siguen siendo desafíos centrales para la economía peruana.