Poder Judicial ordena liberar a Martín Vizcarra

La Tercera Sala Penal Nacional revocó la prisión preventiva contra el expresidente y dispuso su inmediata excarcelación en el proceso por los casos Lomas de Ilo y Hospital Regional de Moquegua.

por Edgar Mandujano

En un giro judicial que impacta de lleno en el escenario político y jurídico del país, la Tercera Sala Penal Nacional de la Corte Superior de Justicia ordenó este miércoles la inmediata excarcelación del expresidente Martín Vizcarra Cornejo, luego de declarar infundado el requerimiento fiscal que solicitaba la variación de su régimen de comparecencia simple a prisión preventiva.

La decisión se da en el marco del proceso que se le sigue al exmandatario por el presunto delito de cohecho pasivo propio, vinculado a los casos “Lomas de Ilo” y “Hospital Regional de Moquegua”, dos emblemáticas obras ejecutadas durante su gestión como gobernador regional entre 2011 y 2014.


Los fundamentos del fallo

El fallo, emitido por los magistrados Enríquez Sumerinde, Magallanes Rodríguez y Javiel Valverde, revoca la resolución N.º 11 del 13 de agosto de 2025, dictada por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que había ordenado cinco meses de prisión preventiva contra Vizcarra.

La sala resolvió que no existían elementos suficientes que justifiquen la restricción de su libertad. En ese sentido, declaró improcedente la solicitud de la Fiscalía para endurecer las medidas contra el exmandatario y dispuso su liberación inmediata, siempre y cuando no exista otra orden de detención vigente dictada por autoridad competente.

“Se declara improcedente el requerimiento fiscal de prisión preventiva, posteriormente aclarado como variación de comparecencia simple, y se ordena la inmediata libertad del acusado Martín Alberto Vizcarra Cornejo”, precisa el fallo judicial.

La corte, además, ordenó cursar los oficios correspondientes a los establecimientos penitenciarios y al juzgado de origen para ejecutar la medida sin dilaciones administrativas.


Los casos “Lomas de Ilo” y “Hospital Regional de Moquegua”

La investigación de la Fiscalía sostiene que el expresidente habría recibido presuntos sobornos por parte de consorcios empresariales vinculados a Odebrecht y otras constructoras para favorecerlos en la adjudicación de dos megaproyectos:

  • Lomas de Ilo: obra valorizada en más de US$ 300 millones, destinada a habilitar terrenos para fines agrícolas en la región Moquegua.
  • Hospital Regional de Moquegua: proyecto sanitario estratégico para la región, con una inversión superior a los S/ 120 millones.

Según la tesis fiscal, los pagos ilícitos se habrían canalizado mediante empresas offshore y terceros vinculados al círculo cercano de Vizcarra. Sin embargo, la defensa del exmandatario ha cuestionado reiteradamente la solidez de las pruebas y denunció un “uso político” de las acusaciones.


Lo que viene para Vizcarra

Si bien esta resolución le permite recuperar la libertad en el marco de este proceso, el expresidente aún enfrenta otras investigaciones abiertas y procesos penales que podrían comprometer su situación jurídica. Entre ellos, destacan:

  • El caso “Club de la Construcción”, donde se le atribuye haber favorecido a empresas constructoras durante su mandato presidencial.
  • Denuncias pendientes relacionadas con presuntas irregularidades en licitaciones públicas cuando fue gobernador regional.

En paralelo, la Fiscalía mantiene vigente su requerimiento de acusación formal contra Vizcarra, lo que podría llevarlo a enfrentar un juicio oral en los próximos meses.


Contexto político y repercusiones

La excarcelación de Martín Vizcarra genera reacciones encontradas en el espectro político. Sus simpatizantes la celebran como una victoria contra la persecución judicial, mientras que sus detractores advierten que el fallo podría ser interpretado como una señal de impunidad en los casos de presunta corrupción de altos funcionarios.

La medida, además, se produce en un contexto en el que la ciudadanía mantiene alta desconfianza hacia el sistema judicial y político, marcado por procesos abiertos contra tres expresidentes: Alejandro Toledo, Ollanta Humala y Pedro Castillo.


Un fallo que marca precedente

Con esta decisión, la Tercera Sala Penal Nacional refuerza el principio de presunción de inocencia y subraya que la prisión preventiva debe aplicarse únicamente cuando existan riesgos procesales reales, como peligro de fuga o de obstaculización de la justicia.

La defensa de Vizcarra, encabezada por el abogado Fernando Ugaz, destacó que este fallo es un “precedente importante” para evitar el uso indiscriminado de la prisión preventiva. Por su parte, la Fiscalía evalúa si presentará un recurso de casación ante la Corte Suprema para revertir la decisión.

El caso de Martín Vizcarra, lejos de concluir, ingresa en una nueva etapa procesal. Si bien recuperará su libertad, las investigaciones por presunta corrupción continúan y podrían derivar en futuras sentencias. La resolución de la sala marca un punto clave en la relación entre la justicia penal y el debido proceso en el Perú.

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