El Congreso de la República promulgó una nueva ley que obliga a los medios de comunicación —públicos y privados— a destinar el 10 % de su programación para la difusión gratuita de campañas educativas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y miembros del grupo familiar. La medida fue aprobada por insistencia con 80 votos a favor, pese a las observaciones previas del Poder Ejecutivo.
La norma otorga este espacio a instituciones públicas que integran el Sistema Nacional contra la Violencia Familiar, entre ellas los ministerios de la Mujer y Justicia, el Ministerio Público, el Poder Judicial y la Policía Nacional. Estos organismos podrán emitir contenidos diseñados para informar, sensibilizar y educar sobre violencia familiar en televisión, radio y medios impresos, sin costo alguno.
Sin embargo, diversos especialistas han advertido que esta disposición podría vulnerar la libertad editorial de los medios. El abogado penalista y experto en libertad de expresión, Roberto Pereira, calificó la ley como “inconstitucional” y denunció que se trata de una norma “improvisada”, sin sustento legal suficiente. A su juicio, obliga a los medios a difundir contenidos gubernamentales, incluso si discrepan de ellos, lo que constituye una forma de coacción.
Pereira también consideró que la medida es una distracción frente a la falta de políticas públicas eficaces para enfrentar la violencia familiar. “El problema de fondo no se resuelve obligando a los medios, sino fortaleciendo la prevención desde el Estado y garantizando sanciones efectivas”, señaló. Ante esta situación, propuso como vías de defensa una demanda de amparo por parte de los medios afectados o una acción de inconstitucionalidad, que podría ser promovida por la Defensoría del Pueblo.