Justo Carbajal: suspensión de peajes en Lima y medidas judiciales

Las decisiones judiciales sobre peajes revelan contratos marcados por corrupción, disputas en tribunales extranjeros y una crisis del modelo concesionado que exige revisión urgente.

por Justo Carbajal

DESDE el 5 de noviembre se dejó de cobrar el peaje en la casilla de Punta Negra por una decisión judicial. Tras ello, Rutas de Lima informó que se encuentra en una “situación financiera crítica”. Si bien las empresas han presentado apelaciones que aún están por resolverse, vale la pena analizar ¿qué hay detrás de estas decisiones que impactan directamente en el bolsillo del ciudadano?

En el último año, los peajes de Lima pasaron de ser un asunto administrativo a convertirse en un caso judicial. Las decisiones del Poder Judicial (PJ), los pedidos de la Fiscalía y las respuestas de la Municipalidad de Lima configuraron un escenario en el que la suspensión del cobro dejó de ser una propuesta política y se transformó en una medida respaldada por expedientes, informes y testimonios que cuestionan el origen y la legitimidad de las concesiones.

Así, lo que empezó como una controversia técnica sobre cláusulas contractuales devino en una crisis política y judicial que ha puesto en el centro a alcaldías, a la Fiscalía, a tribunales nacionales y extranjeros, y a las grandes corporaciones que invirtieron en concesiones viales: Rutas de Lima y Lima Expresa. Ante los hechos de corrupción que han sido ventilados en audiencias, documentos y pronunciamientos oficiales, la decisión de suspender – temporalmente, por ahora– el cobro de ciertos peajes en Lima no es una medida punitiva caprichosa, sino la respuesta mínima de un Estado que recupera autoridad. No es una “expropiación” ni un acto de mala fe; es simplemente proteger derechos colectivos (como el libre tránsito) cuando las instituciones razonables y probatorias así lo aconsejan.

ORIGEN TURBIO

Los contratos de peajes que hoy están en discusión nacieron en contextos de corrupción. Documentos, testimonios y la propia argumentación de la Municipalidad de Lima han puesto en tela de juicio cómo se configuró la concesión, con señalamientos que hablan de pagos ilícitos y de acuerdos diseñados a la medida de ciertos operadores.

El Ministerio Público requirió ya el año pasado que se evalúe la suspensión temporal del cobro en la Línea Amarilla por la gravedad de los indicios y la potencial afectación de derechos colectivos, una acción que buscó instrumentalizar la capacidad del Estado para prevenir mayores daños mientras la investigación avanzaba. Ese pedido fiscal vino antes que muchas de las decisiones públicas que hoy comentamos y formó parte de la batería de argumentos para pedir la medida cautelar.

JUSTICIA EXTRANJERA

Si los procesos nacionales son complejos, los internacionales lo son al doble. La disputa se complicó cuando las cortes extranjeras y los tribunales entraron. Las empresas concesionarias han recurrido a tribunales en Estados Unidos, Francia y a mecanismos de arbitraje internacional para salvaguardar supuestos derechos contractuales. Algunas decisiones en el extranjero han sido inicialmente favorables a las concesionarias; otras han permitido a los Estados obtener acceso a información financiera y a elementos que hoy son cruciales para la investigación local.

En junio pasado, por ejemplo, la corte de apelaciones de Estados Unidos confirmó la validez de la exigencia de pago de un laudo arbitral por cerca de 200 millones de dólares, una resolución que complicó la posición municipal en la arena internacional y puso una presión adicional sobre las arcas de la ciudad.

Pero esa no fue la única noticia desde el exterior: más recientemente, una corte en Nueva York autorizó al Estado peruano a solicitar información financiera para investigar el origen de los fondos vinculados a la concesión, una decisión que abrió una vía esencial de esclarecimiento sobre posibles vínculos ilícitos y flujos opacos. No es poco decir que la discusión ya no es solo local: involucra estándares probatorios y cooperación judicial internacional.

Al mismo tiempo, hubo fallos en otras jurisdicciones que reabrieron deliberaciones o pusieron en suspenso la ejecución de ciertos laudos. En Francia, por ejemplo, audiencias y resoluciones sobre la validez de laudos arbitrales han marcado idas y vueltas que, en su conjunto, permiten concluir una cosa: el conflicto no es binario y la posibilidad de que los laudos sean revisados o invalidarse no puede ser descartada, lo que da coherencia a la cautela adoptada por las autoridades peruanas.

Quien gane la discusión dirá que la suspensión ha puesto en riesgo la inversión y ha llevado a las concesionarias a amenazar con cesar operaciones. Hay algo de verdad en esa lectura: el golpe a ingresos es real y las empresas han alertado sobre la inviabilidad financiera si la suspensión se mantenía por tiempo indefinido. Rutas de Lima comunicó que ha informado de la situación al MTC y a la PCM, pero no ha recibido respuesta.

La empresa alega derechos contractuales y amparos internacionales; el Estado arguye interés general y presunción de ilegalidad ante indicios sólidos. Ambas posiciones contienen elementos de verdad, pero es necesario recordar que la función del Estado no es garantizar ganancias privadas por encima de la ley: su obligación es salvaguardar bienes públicos y derechos ciudadanos. En ese terreno, la suspensión cautelar (y las medidas jurídicas conexas) son instrumentos legítimos, sin ánimo de romantizar la acción municipal ni absolver a la Fiscalía de crítica.

Entonces ¿qué corresponde hacer? Primero, acelerar las investigaciones con instrumentos técnicos que permitan revisar contratos, flujos financieros y, desde luego, responsabilidades. Segundo, diseñar mecanismos provisionales que aseguren mantenimiento vial y protección de trabajadores mientras se resuelve la disputa. La suspensión no puede convertirse en abandono operativo. Tercero, abrir compulsa administrativa para revisar y, de ser necesario, renegociar o anular contratos obtenidos por vías corruptas, con criterios claros de reparación civil.

Finalmente, si las pesquisas confirman irregularidades graves, el Estado debe perseguir las responsabilidades penales y civiles con la misma energía con la que se defiende la seguridad jurídica en los tribunales internacionales.

Hace un par de días Rutas de Lima planteó una entrega “ordenada y pacífica” de la concesión, tras quedar prácticamente sin ingresos por la suspensión judicial del cobro en Villa y Punta Negra. La empresa, que sigue enfocada en su defensa legal y responsabiliza al Poder Judicial por la crisis, intenta ahora trasladar el peso operativo a la Municipalidad. Quizá estos vaivenes sirvan para pensar que no hay un modelo de concesión que pueda sostenerse cuando las bases del contrato han sido erosionadas por arbitrajes cuestionados, investigaciones fiscales e ingresos que superan los mil millones de dólares. Esperemos que esto no se convierta en una pérdida para el país.

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