¿Por qué Ositrán no puede regular Chancay? La clave legal que defiende Fernando Rojas

Tras el fallo judicial que favorece a Cosco Shipping, el diplomático subrayó que la infraestructura es cien por ciento privada y que el control estatal se limita a la fiscalización de entidades nacionales.

por editorweb@caretas.com.pe

La disputa legal entre la empresa Cosco Shipping y el organismo regulador Ositrán ha puesto en debate la naturaleza de la inversión en el Megapuerto de Chancay. Al respecto, el exvicecanciller y exembajador Fernando Rojas aclaró en una entrevista concedida a Canal N que este terminal se distingue de otros puertos del país al haber sido construido íntegramente sobre terrenos de propiedad privada adquiridos por los inversionistas, lo cual lo diferencia del régimen de concesión tradicional otorgado por el Estado sobre bienes públicos.

Rojas explicó que la función de Ositrán se centra en supervisar concesiones estatales por plazos determinados. Sin embargo, según precisó en el citado medio, al tratarse de una obra de inversión privada que cuenta con todas las licencias nacionales otorgadas por las autoridades peruanas, no corresponde al regulador intervenir en la fijación de precios o el control de tarifas. Esta postura ha sido respaldada recientemente por una sala constitucional especializada, la cual rechazó el pedido de intervención del ente regulador.

Diferencias entre Concesión y Propiedad Privada

Para comprender el conflicto, el diplomático detalló que en este caso la propiedad del suelo es un factor determinante, ya que a diferencia de terminales como el Callao, que operan sobre bienes de dominio público cedidos temporalmente, Chancay se asienta sobre terreno privado de la empresa operadora. La obra es financiada en su totalidad por capitales privados, donde la empresa operadora es propiedad en un sesenta por ciento de Cosco y en un cuarenta por ciento de la entidad peruana Perú S.A., operando siempre bajo el marco de la legislación nacional.

El exvicecanciller también puntualizó que, aunque no exista un contrato de concesión, el Estado mantiene plenamente su soberanía y control dentro del recinto. En el puerto funcionan actualmente entidades estratégicas como la Sunat, Migraciones, la Policía Nacional, la Marina de Guerra del Perú a través del servicio de guardacostas e Indecopi. Todos estos organismos nacionales operan en el recinto para garantizar que las actividades se desarrollen conforme a las normas de seguridad y control fronterizo.

El factor geopolítico y el fallo judicial

Respecto a las preocupaciones expresadas por Estados Unidos sobre la inversión china y los posibles riesgos a la soberanía, Rojas consideró en su intervención para Canal N que los términos utilizados en dichos comunicados no son habituales en el lenguaje diplomático tradicional. Agregó que la respuesta emitida por la Presidencia del Consejo de Ministros ha sido proporcional y suficiente por el momento, reafirmando que el proyecto se ajusta estrictamente a los intereses y leyes del Perú.

Finalmente, Rojas recordó que el reciente pronunciamiento judicial fue emitido por una sala constitucional y no por una decisión directa del Poder Ejecutivo. Aunque el fallo es apelable por parte de Ositrán, el regulador aún no ha anunciado si presentará un recurso adicional. Por ahora, la resolución judicial ratifica que el Megapuerto de Chancay es una propiedad privada que no opera bajo el esquema de concesión, manteniendo su autonomía en la gestión comercial frente al regulador estatal.

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