El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció un criterio que cambiará la proclamación de autoridades en seis jurisdicciones del país y que también tiene consecuencias para la elección de la Municipalidad Metropolitana de Lima. El organismo determinó que quienes ejercieron una alcaldía durante el periodo municipal inmediatamente anterior no podrán volver a ocupar ese cargo en la siguiente gestión, incluso si postularon como primeros regidores.
La decisión impide que un exalcalde acceda nuevamente a la alcaldía mediante una candidatura como regidor y una posterior sucesión. Por ello, en los casos identificados, el segundo regidor hábil de la lista deberá asumir el cargo en reemplazo del primero.
La disposición también alcanza a Rafael López Aliaga, quien postuló como primer regidor de Renovación Popular en las elecciones municipales de Lima. Si se aplica este criterio a la proclamación de la capital, no podría recibir credenciales como alcalde y el cargo correspondería a la segunda integrante hábil de su lista.
¿Qué decidió el JNE sobre la reelección encubierta de alcaldes?
La secretaria general del JNE, Jessica Clavijo, explicó durante una conferencia de prensa que los candidatos que hayan ejercido la alcaldía en el periodo municipal inmediatamente anterior no podrán ser proclamados ni recibir credenciales para asumir nuevamente esa función.
La restricción no se limita a la entrega inicial de credenciales. Tampoco podrán asumir la alcaldía si, durante la nueva gestión, se produce una suspensión o vacancia de la autoridad elegida y se activa el mecanismo de sucesión municipal.
El organismo electoral precisó, además, que quienes hayan asumido la alcaldía bajo esta modalidad tampoco podrán postular a ese cargo en las elecciones municipales de 2030. El criterio busca evitar que la prohibición constitucional de reelección inmediata sea eludida mediante una candidatura formal al concejo municipal.
La revisión de las proclamaciones fue acordada por el pleno del JNE el 28 de octubre, con el objetivo de uniformizar los criterios aplicados por los Jurados Electorales Especiales (JEE).
Los seis municipios donde cambiará quién asume la alcaldía
En la primera resolución de revisión de oficio, el JNE identificó seis jurisdicciones en las que deberá corregirse la proclamación debido a que los primeros regidores habían ejercido anteriormente la alcaldía.
Los casos corresponden a:
- Marca, en la provincia de Recuay, Áncash.
- San Jerónimo de Tunán, en la provincia de Huancayo, Junín.
- La Esperanza, en la provincia de Trujillo, La Libertad.
- Víctor Larco Herrera, también en la provincia de Trujillo, La Libertad.
- Zapatero, en la provincia de Lamas, San Martín.
- La provincia de Condorcanqui, en Amazonas.
En estas seis jurisdicciones, el primer regidor no podrá recibir las credenciales para asumir la alcaldía. En su lugar, deberá ser proclamado el segundo regidor hábil de la respectiva lista electoral.
La primera resolución forma parte de una revisión más amplia. Clavijo informó que el organismo evaluó inicialmente 427 casos y que prepara una segunda resolución que comprenderá más de 600. El objetivo es revisar alrededor de 1.900 proclamaciones y aplicar el mismo criterio en todos los casos que correspondan.
¿Qué pasará con Rafael López Aliaga en la Municipalidad de Lima?
Uno de los casos de mayor repercusión es el de Rafael López Aliaga. El exalcalde de Lima postuló como primer regidor de Renovación Popular para las elecciones municipales de 2026, luego de que Luis Rubio renunciara a su candidatura a la alcaldía.
La lista de Renovación Popular se encuentra en el primer lugar de la votación municipal limeña, por delante de Avanza País, de Francis Allison. Sin embargo, el resultado electoral no garantiza que López Aliaga pueda asumir nuevamente la alcaldía. Debido a que ya ejerció ese cargo durante el periodo municipal anterior, por lo que está comprendido en el criterio anunciado por el JNE.
Consultada sobre el escenario de Lima, Clavijo señaló que todas las proclamaciones serán revisadas por el organismo electoral. Asimismo, que los criterios establecidos deberán aplicarse en los casos correspondientes. También precisó que la proclamación debe recaer en el siguiente regidor hábil de la lista cuando el primero esté impedido de asumir la alcaldía.
Bajo esa regla, Jeanette Alonzo Contreras, segunda regidora de Renovación Popular, sería quien podría recibir las credenciales para ocupar la alcaldía de Lima. No obstante, la decisión específica sobre la proclamación de la capital deberá ser adoptada por el Jurado Electoral Especial correspondiente.
La situación coloca a López Aliaga ante un escenario distinto al que planteaba su candidatura: aunque Renovación Popular obtenga la mayor votación, el primer lugar de su lista de regidores no le permitiría volver a ejercer la alcaldía.
El JNE revisará todas las proclamaciones municipales
La revisión de oficio no se limita a los seis casos incluidos en la primera resolución. El JNE busca verificar las proclamaciones realizadas por los jurados electorales especiales y corregir aquellas que no se ajusten al criterio constitucional establecido.
Según Clavijo, el segundo bloque comprenderá más de 600 casos y el organismo proyecta revisar aproximadamente 1.900 proclamaciones. La aplicación de este criterio podría tener efectos en otras municipalidades, además de las seis jurisdicciones que ya fueron identificadas.
De esta manera, el JNE busca que la prohibición de reelección inmediata no dependa de la forma en que un exalcalde haya participado en la lista electoral, sino de si pretende volver a ejercer la misma alcaldía durante el periodo municipal siguiente.