El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó derogar la Ley 32645, que creó el Colegio Profesional de Artistas del Perú (CPAP). El dictamen obtuvo 109 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, según el registro de la sesión.
La norma fue promulgada en junio de 2026, durante el anterior Congreso. Sin embargo, su creación recibió cuestionamientos porque establecía requisitos de formación académica para incorporarse al colegio, lo que —según los promotores de la derogación— podía dejar fuera a artistas autodidactas, tradicionales y populares.
Con la aprobación en Diputados, la propuesta deberá pasar al Senado para su revisión. Por tanto, la votación no significa que la ley haya quedado derogada de manera definitiva.
¿Por qué buscan derogar la ley del Colegio de Artistas?
Uno de los principales cuestionamientos apunta a los requisitos para integrar el CPAP. La norma contempla a profesionales egresados de escuelas superiores de formación artística, institutos o universidades en disciplinas como artes plásticas y visuales, música, danza y artes escénicas.
Durante el debate legislativo, los críticos sostuvieron que ese modelo podía excluir a creadores que desarrollan su trabajo mediante el aprendizaje autodidacta, la tradición familiar o la transmisión de conocimientos comunitarios.
El argumento también fue planteado durante la discusión en la Comisión de Educación, Cultura y Deporte, que aprobó previamente el dictamen de derogación. En esa instancia se advirtió que exigir un título formal podía convertirse en una barrera para una parte importante de los trabajadores del sector cultural.
Indira Huilca cuestionó una disposición sobre funcionarios inhabilitados
Durante el debate en el Pleno, la diputada Indira Huilca, de Ahora Nación, cuestionó una disposición incorporada a la norma que impedía a las personas inhabilitadas para ejercer la función pública integrar o formar parte de órganos directivos de un colegio profesional.
Huilca sostuvo que esa disposición habría estado dirigida contra Delia Espinoza, exfiscal de la Nación y entonces decana del Colegio de Abogados de Lima. Se trata de un señalamiento formulado por la legisladora durante la discusión parlamentaria.
La norma recibió críticas por sus posibles efectos sobre el ejercicio de la actividad artística y por la inclusión de disposiciones que, según sus detractores, no guardaban relación directa con la creación del colegio profesional.
¿Qué falta para que se derogue la Ley 32645?
El dictamen aprobado por los diputados todavía debe ser revisado por el Senado. Solo después de completar el procedimiento legislativo correspondiente podrá determinarse si la derogación queda aprobada definitivamente.
La propuesta también contempla dejar sin efecto las actuaciones de la comisión organizadora encargada de elaborar el estatuto y organizar la elección de la primera directiva nacional del CPAP, así como las acciones administrativas realizadas al amparo de la ley.
Desde el fujimorismo, que respaldó la creación del colegio en el anterior Legislativo, también hubo apoyo a la derogación. El diputado Arturo Alegría sostuvo que el proceso pudo haberse acelerado si el Ejecutivo hubiera recibido facultades para legislar sobre esta materia.
El Gobierno había incluido la derogación de la Ley 32645 en su pedido de facultades legislativas, pero la Cámara de Diputados limitó la delegación a asuntos de seguridad ciudadana y al fenómeno El Niño.