La Libertad: JNE mantiene candidatura de alcalde de Guadalupe cuestionada por reelección encubierta

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones archivó definitivamente el pedido de exclusión contra Juan Castañeda Llanos, actual alcalde de Guadalupe, quien postula a primer regidor por Renovación Popular en una lista que se quedó sin candidato a la alcaldía. El magistrado Gunther Gonzáles votó en minoría a favor de excluirlo.

por Kate Juarez

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) archivó definitivamente el recurso que buscaba excluir a Juan Castañeda Llanos, actual alcalde de Guadalupe, de la lista de Renovación Popular para las elecciones municipales. El funcionario postula a primer regidor del distrito de la provincia de Pacasmayo, en La Libertad. Pese a que la lista ya no tiene candidato a alcalde.

El caso fue cuestionado porque, tras la renuncia del postulante a la alcaldía, una eventual victoria de Castañeda Llanos como primer regidor podría permitirle continuar al frente del municipio. Esta situación fue señalada como una posible reelección encubierta, argumento que el magistrado Gunther Gonzáles defendió en su voto en minoría.

Tres magistrados votaron por archivar el pedido de exclusión

El presidente del JNE, Roberto Burneo, y los magistrados Rubén Torres Cortez y Aaron Oyarce Yuzzelli votaron a favor de archivar el recurso contra el candidato de Renovación Popular.

El pedido había sido declarado improcedente inicialmente por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo el 8 de septiembre. El ciudadano Lorenzo Álvarez Farro apeló esa decisión, pero el pleno del máximo tribunal electoral confirmó la candidatura el 22 de septiembre.

Con la decisión definitiva, Castañeda Llanos podrá continuar en la contienda electoral como candidato a primer regidor.

Gunther Gonzáles sostuvo que la candidatura vulneraría la Constitución

El magistrado Gunther Gonzáles fue el único integrante del pleno que votó a favor de declarar fundada la solicitud de exclusión. En su posición, la renuncia del candidato a alcalde modificó las condiciones de la lista. De esta forma, convirtió, en la práctica, la postulación del actual burgomaestre en una candidatura para continuar en el mismo cargo.

“En vista de la 'renuncia' del candidato a alcalde en la actual elección, el alcalde de un primer periodo termina como postulante para alcalde en un segundo periodo consecutivo, por lo que se produce en forma sobrevenida la situación de prohibida en el artículo 194 de la Constitución”, escribió en su voto en minoría.

El magistrado sustentó su posición en el artículo 194 de la Constitución, que prohíbe la reelección inmediata de los alcaldes.

El debate sobre la reelección inmediata de alcaldes

El caso de Guadalupe se suma a los cuestionamientos sobre candidaturas de alcaldes en ejercicio que postulan a cargos de regidor o teniente alcalde en las elecciones municipales de 2026.

La controversia gira en torno a si estas postulaciones pueden permitir la continuidad en la alcaldía cuando se producen cambios en la lista, como la renuncia del candidato que originalmente postulaba a ese cargo.

En este caso, la mayoría del JNE archivó el pedido de exclusión. Mientras que Gonzáles sostuvo que la situación descrita contravenía la prohibición constitucional de reelección inmediata.

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