Las Elecciones Regionales y Municipales 2026 se realizarán este domingo 4 de octubre y, desde este lunes 28 de setiembre, entran en vigencia de forma progresiva distintas restricciones electorales en todo el país. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que estas disposiciones alcanzan la difusión de encuestas, los actos políticos, la propaganda y la conocida ley seca.
El incumplimiento de esta medida puede generar multas y sanciones penales previstas en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), según advierte la autoridad electoral.
Restricciones JNE: prohibición de encuestas y mítines
La primera restricción comenzó desde la medianoche de este lunes 28 de septiembre. Desde ese momento quedó prohibida la publicación o difusión de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, de acuerdo con el artículo 191 de la LOE. El reglamento del JNE contempla multas de entre 10 y 100 UIT para las infracciones relacionadas con la difusión de encuestas fuera del periodo permitido.
La siguiente arrancará a las 12:00 a. m. del viernes 2 de octubre, cuando queden prohibidas las reuniones y manifestaciones públicas de carácter político. El artículo 190 de la LOE establece esta restricción desde dos días antes de la elección, mientras que el artículo 388 contempla una pena de prisión no menor de tres meses ni mayor de dos años para quien incumpla esta disposición.
La propaganda política también tendrá una fecha límite. Desde las 12:00 a. m. del sábado 3 de octubre, 24 horas antes de los comicios, quedará suspendida la propaganda política de cualquier clase y por cualquier medio. Según el JNE, incumplir esta prohibición puede generar una pena de prisión no menor de dos años.

Ley seca por las Elecciones Regionales y Municipales 2026
La ley seca por las Elecciones Regionales y Municipales 2026 comenzará a las 8:00 a. m. del sábado 3 de octubre y se extenderá hasta las 8:00 a. m. del lunes 5 de octubre. Durante ese periodo estará prohibido el expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase y deberán cerrar los establecimientos dedicados exclusivamente a dicha actividad.
La medida está contemplada en el artículo 351 de la LOE. La norma se refiere al expendio de bebidas alcohólicas y al cierre de los establecimientos dedicados a esa actividad. Por ello, la restricción no debe confundirse con una prohibición general del simple consumo de alcohol, ya que el artículo citado regula específicamente la venta o expendio durante el periodo electoral.
El incumplimiento de la ley seca está previsto en el artículo 390 de la LOE. La sanción comprende una pena de prisión no mayor de seis meses y una multa no menor del 10% del ingreso mínimo vital multiplicado por 30 días de multa. Para este proceso, el JNE señala que el monto asciende a S/3.390.
¿Qué otras prohibiciones rigen el domingo 4 de octubre?
El propio domingo 4 de octubre habrá restricciones adicionales durante las horas de votación, establecidas entre las 7:00 a. m. y las 5:00 p. m. En ese periodo no podrán realizarse reuniones de electores dentro de un radio menor de 100 metros de los centros de votación.
La LOE también prohíbe durante las horas de la elección los espectáculos populares, tanto al aire libre como en recintos cerrados. La misma disposición alcanza a las funciones teatrales y cinematográficas, además de las reuniones públicas de cualquier clase. Estas reglas forman parte de las medidas previstas para la jornada electoral.
El JNE informó que sus fiscalizadores realizarán operativos en las distintas regiones del país para supervisar el cumplimiento de las restricciones electorales.